REFLEXIONES
LAS REFORMAS AL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y AL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE LA ARGENTINA
LAS SOCIEDADES EXTRANJERAS Y LA TRIBUTACIÓN. REFLEXIONES CRÍTICAS SOBRE SU TRATAMIENTO TRIBUTARIO*
ABUSO DEL PROCESO Y PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
REFLEXIONES PRELIMINARES SOBRE EL ANTEPROYECTO DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL
LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE DEL PROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
CONFLICTOS ENTRE SOCIOS DEL MERCOSUR: EL CASO DE PLANTAS DE PASTA DE CELULOSA SOBRE EL RÍO URUGUAY
LAS NUEVAS REGLAS DE ETICA PROFESIONAL
ACCIÓN DE AMPARO POR MORA DEL COLEGIO POR FALTA DE INTEGRACIÓN DE LA CORTE
DECLARACIONES PUBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LAS SOCIEDADES EXTRANJERAS Y LA TRIBUTACIÓN. REFLEXIONES CRÍTICAS SOBRE SU TRATAMIENTO TRIBUTARIO*
Autor: Manuel M. Benites
  Se trata de disposiciones que se apartan injustificadamente de las reglas generales. El sistema de precios de transferencia supone la asignación de utilidades entre entidades sujetas a vinculación mediante la fijación de precios, supuesto que constituye su presupuesto básico. Por tal razón, la doctrina señaló que hubiera sido más razonable disponer que se presume la vinculación entre las partes pero admitiendo prueba en contrario, en lugar de considerar que el precio no se considera ajustado a las prácticas normales entre partes independientes.22

XI. Conclusiones

No puede desconocerse la importancia de contar con una legislación sobre sociedades extranjeras equilibrada en todos las materias objeto de regulación, sean éstas fiscales, societarias, de prevención o represión de actividades ilícitas.

Las recomendaciones internacionales en esta materia se refieren fundamentalmente a la eliminación del anonimato de los dueños y controlantes de las sociedades y a las medidas fiscales incluidas en el informe sobre competencia fiscal nociva, consistentes en el establecimiento de normas sobre precios de transferencia, CFCs, la restricción de los sistemas de exención de ganancias de fuente extranjera, el acceso a la información bancaria para fines fiscales y la obligación de informar sobre transacciones internacionales de sus residentes. También se sugieren una serie de medidas en materia de tratados internacionales, como el intercambio de información, la restricción del acceso a los tratados mediante el establecimiento y aplicación de reglas sobre residencia de las sociedades, la definición del establecimiento permanente y la exclusión de sociedades sin una función económica sustancial.
Ninguno de estos instrumentos sugiere que se prohíba la actuación de sociedades extranjeras offshore o constituidas en jurisdicciones de baja o nula tributación o que se establezcan restricciones a su inscripción,
22. Gotlib, Gabriel y Vaquero, Fernando M, “Aspectos Internacionales de la Tributación Argentina”, La Ley, 2005, pág. 369.
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