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LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE DEL PROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Autor: Hugo Cabral |
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Mi propuesta entonces consiste en omitir en el artículo propuesto lo siguiente:
(i) “o disposiciones” y,
(ii) “en perjuicio de la integridad ecológica de los sistemas naturales”
Lo dicho toda vez que, considero, pueden dar lugar a las objeciones presentadas en materia de vaguedad e imprecisiones no permisibles.
Considero que, de esta forma, se estaría trabajando hacia una mayor precisión en la definición de los delitos en materia penal, eliminando una clara fuente de objeciones que podría llevar a la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de un delito que, como sociedad, queremos y debemos sancionar.
En este camino encontramos el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el cual propone una redacción similar con el siguiente agregado:
Artículo 2. “La ley 24051, y sus anexos mantiene su vigencia hasta tanto el poder ejecutivo reglamente la ley 25612, se dicten las leyes de presupuestos mínimos de residuos biopatogénicos y residuos derivados de las operaciones de buques y aeronaves, en debida forma según los siguientes aspectos:
1) la creación de los diferentes registros determinados por la ley 25612.
2) Los niveles de riesgos previstos en el artículo 7 de la ley 25612
3) Se celebren los convenios entre jurisdicciones previstos en el articulo 26 de la ley 25612.”VII. Bibliografía
• www.lexisnexis.com.ar
• www.jgm.gov.ar
• www.jus.gov.ar
• www.google.com
• www.pjn.gov.ar
• http://ar.news.yahoo.com
• www.reformajudicial.jus.gov.ar |