REFLEXIONES
LA REPÚBLICA ASEDIADA
NISSEN v. NISSEN
REFLEXIONES SOBRE LA RECAUDACIÓN Y LA EVASIÓN TRIBUTARIA A RAÍZ DE LOS PLANES ANTIEVASIÓN
LA "CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LAS INMUNIDADES JURISDICCIONALES DE LOS ESTADOS Y SUS BIENES" Y EL ARBITRAJE INTERNACIONAL
LOS ABOGADOS Y LA COSA PÚBLICA. DE OBSERVADORES A PROTAGONISTAS
CASSABA. SITUACIÓN ACTUAL Y PREGUNTAS FRECUENTES
LA COMISIÓN DE TRABAJO PRO BONO E INTERÉS PÚBLICO
DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
  El referendo convocado por Ibarra
(11 de febrero de 2005

Debemos hacer público nuestro reconocimiento al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires -que a pesar de la presión ejercida por el Jefe de Gobierno, pretendiendo convocar a un referéndum público sin cumplir con las claras normas de la Constitución de la Ciudad- ha dispuesto, conforme lo norma la ley superior, que el referéndum sea convocado luego de presentarse la solicitud del 20% de quienes integran el padrón electoral de la Capital Federal.

Queremos enfatizar que el respeto a la ley es obligación fundamental de todos los argentinos; en especial de quienes detentan la autoridad pública.

La Constitución de la ciudad solo admite una manera de referéndum, reconocida por el fallo del Tribunal Superior. No hay ninguna otra forma posible. Ni siquiera una ley sancionada por la legislatura podría vulnerar la ley supremam que ha sido muy prudente al establecer este novedoso procedimiento de consulta popular.

Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires
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