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EL INSTITUTO DE LA REINCIDENCIA Y EL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO PENAL Autor: Hernán Munilla Lacasa |
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nuestro país, al margen del Código Penal, numerosas leyes penales especiales, o que contemplan en su articulado disposiciones de tal carácter.4
Como es de público conocimiento, actualmente se encuentra a estudio del Poder Ejecutivo Nacional un Anteproyecto de reforma al Código Penal vigente, elaborado por una Comisión presidida por el Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni, e integrada por los Dres. León Carlos Arslanián, Ricardo Gil Lavedra, Federico Pinedo y María Elena Barbagelata. Sin mayor esfuerzo se comprenderá que analizar en forma exhaustiva las principales innovaciones incluidas en dicha propuesta excede con creces el limitado espacio de que disponemos. Por tal razón, hemos optado por examinar -en los párrafos que siguen- el tópico que probablemente genere mayor polémica: la eliminación del instituto de la reincidencia.
Antes de abordar el tema específico, debemos señalar que la sanción de un nuevo Código Penal debe ir necesariamente acompañada de otras importantísimas y urgentes reformas legislativas estructurales. Sólo así podrá haber un cambio sustancial en materia de prevención, de seguridad y de política criminal. Mientras tanto, mientras no se aborde un tratamiento profundo, responsable y ampliamente consensuado de las diversas facetas que atañen a esta crucial temática,
cualquier propuesta aislada e inconsulta sólo contribuirá a sumar nuevas frustraciones.
En este sentido, es tan indispensable como impostergable modificar el actual sistema de enjuiciamiento penal, a través de una seria y vasta reforma del Código Procesal.5 Lo mismo debe hacerse
4 Sólo para mencionar algunos ejemplos: ley de Régimen Penal Cambiario (19.359); Espectáculos deportivos (23.184); Represión de actos discriminatorios (23.592); Tenencia y tráfico de estupefacientes (23.737); Impedimento de contacto de los hijos menores no convivientes (24.270); Régimen Penal Tributario y Provisional (24.769); Lavado de activos de origen delictivo (25.246); Residuos peligrosos (24.051).
5 El Código Procesal Penal, vigente de 1991, también ha sufrido muchas modificaciones y no brinda herramientas apropiadas para contar con un procedimiento ágil, lineal, que combine celeridad y respeto |