REFLEXIONES
INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL
PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
UNA REFORMA LEGISLATIVA NECESARIA: CUANDO LA FALTA DE COMPROMISO (ARBITRAL) ES POSITIVA
AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES
LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
¿PORQUÉ LAS MICROFINANZAS NO SE DESARROLLAN CON MÁS ÉXITO EN ARGENTINA?
TENDENCIAS ACTUALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INTERGUBERNAMENTALES Y DE LOS ESTADOS QUE LAS COMPONEN. CASOS BEHRAMI, AL JEDDA Y WESTLAND HELICOPTERS
CAMBIO DE AUTORIDADES DE LA COMISIÓN PRO BONO: MOMENTO PARA EL BALANCE, ENTREVISTA AL DR. MARTÍN ZAPIOLA GUERRICO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PÚBLICAS
  Se agrega como dato negativo, el hecho de que el mencionado organismo previsional se ha visto convertido, gracias a los cuantiosos recursos que le han sido transferidos, en una suerte de banco de fomento de las actividades, objetivos y destinos que el Poder Ejecutivo a su antojo decide asistir, lo que por cierto resulta ajeno a su objeto y finalidad específica con el consiguiente perjuicio que ello ocasiona. El anuncio oficial de afectar los fondos transferidos para aumentar los beneficios del sistema jubilatorio se tradujo, una vez más, en un simple agregado del orden del 11% que no considera el atraso en los haberes que supera los 10 años y transforma a las prestaciones en montos ineficaces para el sustento de sus beneficiarios.

Ya mucho antes de la vigencia de la Ley 26.425, durante el año 2008 nuestro Colegio advirtió acerca de la discrecional utilización de los recursos previsionales que por entonces hacía la ANSeS, destinados, por medio de bonos, títulos o letras especialmente creadas, a financiar al Estado Nacional a tasas que podían poner en riesgo la solvencia necesaria para financiar las prestaciones a su cargo, como ha sucedido de manera recurrente, dando lugar a una creciente litigiosidad y a constantes erogaciones para atender al pago de juicios.

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires insta al Congreso de la Nación a que proceda a cumplir con lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 26.425, dando los pasos necesarios para ejercer el adecuado control del destino de los fondos transferidos a la ANSeS.

Héctor Huici
Secretario
Enrique del Carril
Presidente
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