REFLEXIONES
INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL
PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
UNA REFORMA LEGISLATIVA NECESARIA: CUANDO LA FALTA DE COMPROMISO (ARBITRAL) ES POSITIVA
AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES
LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
¿PORQUÉ LAS MICROFINANZAS NO SE DESARROLLAN CON MÁS ÉXITO EN ARGENTINA?
TENDENCIAS ACTUALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INTERGUBERNAMENTALES Y DE LOS ESTADOS QUE LAS COMPONEN. CASOS BEHRAMI, AL JEDDA Y WESTLAND HELICOPTERS
CAMBIO DE AUTORIDADES DE LA COMISIÓN PRO BONO: MOMENTO PARA EL BALANCE, ENTREVISTA AL DR. MARTÍN ZAPIOLA GUERRICO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PÚBLICAS
  Acerca de la supervision de los fondos transferidos al sistema previsional publico
10/03/2009 - Declaración Pública

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires observa con preocupación que, transcurridos ya tres meses desde la sanción de la Ley 26.425 que dispuso crear el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO, aún no se encuentre constituida la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social creada en el ámbito del Congreso de la Nación.

Como principal consecuencia de ello, los fondos acumulados hasta entonces en las cuentas de capitalización fueron inmediatamente transferidos a la Administración Nacional de la Seguridad Social- ANSeS en lo que constituye a entender de este Colegio, una verdadera incautación, que atenta contra el derecho de propiedad consagrado por la Constitución Nacional.

Desde entonces, y como es notorio, el incesante accionar de la ANSeS, ha destinado esos recursos a subsidiar ciertas actividades, emprendimientos y todo tipo de proyectos impulsados desde el seno del Gobierno Nacional, sin mediar un adecuado análisis acerca de la viabilidad de los mismos y de imprescindibles razones de oportunidad y conveniencia.

Hasta el presente no ha mediado control hacia esas decisiones, ni más información que las simples crónicas periodísticas, gracias a las cuales ha tomado estado público esa lamentable situación.

No se trata de recursos del Estado - lo que igualmente ameritaría un adecuado control y rendición de los actos y gestiones que se realicen - sino de recursos tomados del sistema previsional, que deben quedar destinados a atender sus requerimientos presentes y el futuro pago de los haberes y demás beneficios otorgados o a otorgarse en favor de jubilados y pensionados.
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