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CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL Autor: Carlos Manfroni |
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futuros, pueden fundar, concretamente, la sospecha de parcialidad de un juez". 17
Sería necesaria, pues, una investigación de todos aquellos casos en los que la voluntad de quien ha decidido –sea juez en sentido formal, legislador o funcionario administrativo- hubiera estado viciada por dolo o intimidación, incluyendo los supuestos de violencia institucional; al menos cuando estos vicios hayan servido para facilitar la impunidad o asegurar el éxito de actos de corrupción o persecuciones contra quienes se negaron a participar de ellos.
Esto no significa socavar los fundamentos de la cosa juzgada, de acuerdo con su contenido, sino examinar los antecedentes del caso en orden a asegurarse que la voluntad del juez o del funcionario emisor del acto no hubiera resultado tal, en el sentido jurídico de la expresión.
Recuperación de bienes
La reversión de decisiones que facilitan la corrupción no sería completa si no se realizara un esfuerzo honesto para la recuperación de activos que constituyen el producto de las acciones ilegítimas.
Sabemos que este objetivo es el más difícil de alcanzar, ya que los autores de delitos contra la administración pública suelen encubrir su enriquecimiento mediante la utilización de testaferros.
También es cierto que la erradicación de la corrupción nunca puede conseguirse en forma completa y, al igual que en la medicina, sólo pueden obtenerse remedios para atacar a una parte de los males presentes; a sabiendas de que, en el futuro cercano, se generarán otras enfermedades contra las que se deberán abrir nuevas investigaciones.
Sin embargo, también igual que en las ciencias de la salud, lo peor que podría hacerse es renunciar a luchar.
17. MAIER, Julio B.J. Derecho Procesal Penal Argentino; Buenos Aires, Editorial Hammurabi SRL, 1989, tomo 1, volumen b, pág. 486 y 487. |