REFLEXIONES
INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL
PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
UNA REFORMA LEGISLATIVA NECESARIA: CUANDO LA FALTA DE COMPROMISO (ARBITRAL) ES POSITIVA
AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES
LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
¿PORQUÉ LAS MICROFINANZAS NO SE DESARROLLAN CON MÁS ÉXITO EN ARGENTINA?
TENDENCIAS ACTUALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INTERGUBERNAMENTALES Y DE LOS ESTADOS QUE LAS COMPONEN. CASOS BEHRAMI, AL JEDDA Y WESTLAND HELICOPTERS
CAMBIO DE AUTORIDADES DE LA COMISIÓN PRO BONO: MOMENTO PARA EL BALANCE, ENTREVISTA AL DR. MARTÍN ZAPIOLA GUERRICO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

  Página 58/67     
  INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
Autor: Martín Krause
  Cuando se define que un derecho de tercera generación es “irrenunciable” y no es “objeto de transacción”, el efecto es el mismo que el explicado por Coase en su teorema en los casos de altos costos de transacción. En este caso serían infinitos porque se trata de una prohibición. En tales casos, el juez decide el destino del recurso.

¿Será ésa una decisión eficiente? Según Coase, la decisión “eficiente” que el juez debe buscar es aquella a la que hubieran llegado las partes por medio de una transacción en “ausencia de costos de transacción”. Esto es, el juez debe tratar de mimetizar lo que el “mercado” (la negociación voluntaria) hubiera dado como resultado. La paradoja es que esa transacción podría haberse realizado, sólo que la definición del derecho como no sujeto a transacción la ha impedido. En ausencia de esa transacción, será imposible para el juez obtener información acerca de las preferencias de las partes de forma tal de tomar su decisión. Que errara en tal caso no sería tan importante si las partes pudieran luego reacomodar los derechos de acuerdo a sus preferencias, pero si es ésa negociación la que se impide, se sanciona la ineficiencia. Pues, ¿qué otra definición de eficiencia valdría tomar que no fuera aquella que mejor se adecúa a las preferencias reveladas de los individuos? Cualquier otra tendría que ser la preferencia de algún otro, y en tal caso debería argumentarse por qué esa preferencia sería superior a la de los involucrados.

10. Conclusiones

La inseguridad jurídica es una de las principales razones por las que la Argentina ha mostrado un pobre desempeño económico en el último siglo. Otras causas incluyen los graves errores de política económica tales como controles del tipo de cambio combinados con elevados déficits fiscales, fuerte endeudamiento público, políticas de excesiva expansión monetaria, elevado proteccionismo, subsidios por doquier, altos impuestos y una pesada estructura burocrática estatal. La economía argentina no ha podido aprovechar los períodos de bonanza internacional como hubiera podido, al tiempo que ha sufrido todas las consecuencias de las crisis internacionales, sumadas, por supuesto, a las propias.
Página 58/67