REFLEXIONES
EL TERRORISMO COMO CRIMEN DE LESA HUMANIDAD
LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REFORMA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ESTADO DE DERECHO Y DESARROLLO ENERGÉTICO
LAS PROYECTADAS REFORMAS A LA LEGISLACIÓN LABORAL: A LA ALTURA DE LA REALIDAD SOCIOECONÓMICA ACTUAL O HACIA UN NUEVO RETROCESO?
LA POLÍTICA DE COMPETENCIA EN LA UNIÓN EUROPEA
DECLARACIÓN PRO BONO
BORRADOR DECLARACIÓN PRO BONO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  ESTADO DE DERECHO Y DESARROLLO ENERGÉTICO
Autor: Pablo Rueda, María Eugenia Pardo, Laura V. Cecchini
  La finalidad principal y común de estos Decretos fue, entonces, reconocer el derecho a disponer libremente en el mercado doméstico e internacional, bajo condiciones y términos libremente acordados- incluyendo la libre fijación de precios. Se declaró, asimismo, la expresa exención de erechos, aranceles, o retenciones, presentes o futuros, para la importación o exportación de hidrocarburos líquidos y gaseosos. Otro rasgo distintivo de los Decretos Desregulatorios fue que los productores podían transferir y mantener en el exterior hasta un 70% de las divisas obtenidas en sus operaciones de venta. En resumen, los Decretos Desregulatorios constituyeron la expresión de la orientación de un plan energético a implementarse y desarrollarse a largo plazo en el país en el marco de una economía mundial globalizada.

Otras herramientas fundamentales en la convocatoria de capital privado lo constituyeron los Decretos P.E.N. 2411/1991 y 2178/1991. El primer Decreto, también conocido como “Decreto de Reconversión”, invitó a los productores privados que se encontraban vinculados a YPF S.A. mediante contratos de servicios a transformar tales contratos en permisos de exploración o concesiones de explotación bajo los términos de la Ley de Hidrocarburos. En el Decreto de Reconversión, se reiteraron las garantías reconocidas en los Decretos Desregulatorios. Por su parte, a través del Decreto P.E.N. 2178/1991, llamado “Plan Argentina”, el gobierno argentino reconoció la necesidad de incrementar los niveles de reservas de hidrocarburos y, con tal fin, fijó los términos y condiciones que definirían el llamado a concurso público internacional para seleccionar aquellas empresas que resultarían adjudicatarias de permisos de exploración y eventual explotación de hidrocarburos en el marco de la Ley 17.319. El Plan Argentina hizo también eco de las garantías consagradas en los Decretos Desregulatorios y, así, reforzó la vigencia de tales garantías.

Las garantías y derechos reconocidos en los Decretos Desregulatorios, y ratificados en el Decreto de Reconversión y el Plan Argentina, fueron en la mayoría de los casos incorporados a los contratos y concesiones de explotación adjudicados en el marco de la Ley de Hidrocarburos. Así, un claro ejemplo lo constituye el Decreto PEN 214/1994 a través del cual se aprobó la reconversión del contrato de servicio con Y.P.F. S.E. para la explotación del área Cuenca Austral17.
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