REFLEXIONES
INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL
PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
UNA REFORMA LEGISLATIVA NECESARIA: CUANDO LA FALTA DE COMPROMISO (ARBITRAL) ES POSITIVA
AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES
LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
¿PORQUÉ LAS MICROFINANZAS NO SE DESARROLLAN CON MÁS ÉXITO EN ARGENTINA?
TENDENCIAS ACTUALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INTERGUBERNAMENTALES Y DE LOS ESTADOS QUE LAS COMPONEN. CASOS BEHRAMI, AL JEDDA Y WESTLAND HELICOPTERS
CAMBIO DE AUTORIDADES DE LA COMISIÓN PRO BONO: MOMENTO PARA EL BALANCE, ENTREVISTA AL DR. MARTÍN ZAPIOLA GUERRICO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
Autor: Sylvia Maureen Williams
  Posibilidad de que los intérpretes de las imágenes satelitales puedan actuar como peritos ante los tribunales. 10

Desde luego, estos requisitos deberían complementarse con una lista de expertos de reconocida solvencia internacional, a los cuales pudieran recurrir tanto el tribunal como las partes en una controversia.

Los miembros de la Comisión de Derecho Espacial de la ILA también presentaron sus opiniones sobre el tema. Resumiré a continuación algunos puntos de vista y sugerencias. 11

El Prof. Christol (EEUU de América) propone la elaboración de un acuerdo modelo que contemple disposiciones que preserven la integridad del producto final de la teleobservación. A tal efecto, deberían incluirse sanciones para los casos de distorsión deliberada o negligente de los hechos establecidos de conformidad con los datos primarios o la información analizada. De este modo, se dispondría de un medio de prueba de gran valor en futuros litigios judiciales, nacionales e internacionales.

El Prof. Kerrest (Francia) no concuerda -como tampoco quien suscribe estas líneas- con quienes afirman que la única diferencia entre la prueba suministrada mediante información satelital y la ofrecida a través de medios más tradicionales (aéreos o terrestres) sea el grado de precisión.

El problema surge de la naturaleza misma de las imágenes satelitales, que consisten esencialmente en datos y no en fotografías propiamente dichas. Esto es fundamental en lo que respecta a la prueba y es por ello que, como antes afirmaba, más que una cuestión procesal en torno a la admisión de un medio de prueba, se trata de un problema de fondo: si una fotografía convencional es modificada, no será difícil luego demostrar la falsificación. No ocurre lo mismo con imágenes digitalizadas que no son más que una colección de datos que pueden alterarse sin ser posible luego detectar tal alteración. Por ello, y teniendo en cuenta las técnicas

10. Ibid, pág. 75.
11. Para intervenciones más detalladas ver Report of the 71st Conference of the ILA, Berlín 2004, Londres 2004, capítulo dedicado al Derecho Espacial.
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