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AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES Autor: VARIOS |
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Por lo demás, y en referencia a la candidatura del actual jefe de gabinete de ministros, la prohibición constitucional está expresada en el art. 105 CN que establece que los ministros del poder ejecutivo nacional No pueden ser senadores, ni diputados, sin hacer dimisión de sus empleos de ministros.
e) Intentos de Justificación: Las razones que se expresaron públicamente para justificar las llamadas candidaturas testimoniales no alcanzan a sanear los vicios apuntados y la clara lesión al sistema representativo republicano y al régimen de partidos políticos.
(i) Se ha dicho que la presentación como candidatos de funcionarios que ejercen otros cargos se debe la voluntad de plebiscitar la gestión de un gobernador o intendente. Ello desnaturaliza un sistema electoral de mandatos fijos, a la vez que atenta contra la gobernabilidad del sistema presidencialista, como el vigente en Argentina. Las normas y las costumbres existentes en los sistemas parlamentarios imponen que la no obtención del voto de confianza genera la discusión política para la formación de un nuevo gobierno, pero: ¿Cual sería la consecuencia de una derrota electoral propuesta como plebiscitaria de la función de gobierno en un sistema presidencialista y de mandato fijo?... ¿Debería renunciar al cargo ejecutivo el candidato derrotado?... ¿Debería modificar su plan de gobierno? Sea cual sea la posición por la que nos inclinemos, la gobernabilidad se vería claramente deteriorada al desnaturalizarse el medio utilizado en función del fin propuesto. Si el objetivo consiste en plebiscitar un gobierno, la Constitución otorga el medio idóneo que no es otro que la consulta popular regulada en el art. 40 CN desde la reforma de 1994, instituto existente también en la inmensa mayoría de las constituciones provinciales.
Efectivamente, esta forma de democracia semidirecta hace a una participación más intensa de la ciudadanía y mediante ella ...el electorado decide directamente acerca de una cuestión de interés sustantivo para el Estado sobre el mantenimiento, modificación o derogación de una norma; o acerca de la gestión de un gobernante o un gobierno... |