REFLEXIONES
CONVENIENCIA DE DICTAR UNA MODERNA LEY DE ARBITRAJE
RUCCI, LARRABURE, VIOLA. VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO
HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN
ABOGACÍA INTERNA EN LA ARGENTINA. REFLEXIONES A PARTIR DE UNA SENTENCIA EUROPEA SOBRE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMUNICACIÓN ENTRE CLIENTES Y ABOGADOS
EL DESAFÍO DE LA CONEXIÓN ENTRE LA OFERTA Y LA DEMANDA DE TRABAJO PRO BONO. REFLEXIONES A PARTIR DE UN DIÁLOGO ENTRE LOS DIFERENTES ACTORES INVOLUCRADOS.
COMPETENCIA Y JORNADA DE ARBITRAJE COMERCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

  Página 55/56     
  HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN
Autor: Carlos F. Oteiza Aguirre y Alejandra González Rodríguez
  En el año 2007 la Comisión tramitó 807 expedientes, 398 estaban en trámite al inicio del año e ingresaron en ese año 409, se resolvieron 497. Se desestimaron 485, en 9 se aplicaron sanciones y en 3 se comenzó el procedimiento de remoción, en uno de los cuales fue el del Juez Tiscornia que fue removido.

La pregunta que cabe hacerse es qué pasa con los 310 expedientes de denuncias en trámite. Hay una fuerte sospecha que se han ideologizado acusaciones contra jueces por el contenido de las sentencias y no por un genuino mal desempeño, provocando legítima inquietud entre los magistrados, afectando así su independencia.2

El Jurado de Enjuiciamiento

Con las salvedades consignadas, Fores considera que la existencia del Jurado de enjuiciamiento es mejor que el anterior sistema de juicio político para juzgar a magistrados.

Si bien durante los primeros años el mantenimiento de un tribunal permanente fue extremadamente costoso e injustificado, en estos momentos la situación ha cambiado, al implementarse un tribunal ad hoc, es decir que es convocado por el plenario del Consejo y sus integrantes duran en sus cargos mientras se encuentren en trámite los juzgamientos de los magistrados que se le hayan encomendado (art 15 Ley 26.080).
Si bien este último sistema no es el más aconsejable, en todo caso, a fin de conservar una línea jurisprudencial que se está afianzando con autoridad, parece como más conveniente mantener la integración y que se lo convoque en cada caso. Pero el éxito de la actuación del jurado de enjuiciamiento está relacionado directamente con la buena actuación del Consejo de la Magistratura; en cuanto a la razonabilidad de las acusaciones que se le presentan y el cauce que a éstas se le otorgan por parte del organismo. Sólo el 1% de los expedientes que tramitan en la Comisión de Disciplina y Acusación pasan a acusación.

1. Consejo de la Magistratura de la Nación, Cifras al 13 de noviembre de 2008.
2. Consejo de la Magistratura de la Nación-Memoria 2007.
Página 55/56