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HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN Autor: Carlos F. Oteiza Aguirre y Alejandra González Rodríguez |
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Desde la creación del Consejo se inició el trámite de remoción en 35 casos, 13 finalizaron en remoción, 10 por renuncias de los magistrados y 8 se rechazaron, otros fueron remitidos a la Comisión de Disciplina.
Conclusiones
Si tenemos en cuenta que el juez es el corazón del sistema judicial y que de su calidad depende la suerte de nuestra vapuleada Justicia, el sistema actual de designación y remoción no arroja un balance positivo.
Desde Fores insistimos una vez más en que la escuela judicial es el sistema adecuado y suficiente por sí mismo para la selección de los magistrados en Argentina. Entre las múltiples ventajas se destacan, que se determinan los contenidos del curso en virtud del perfil de juez deseado, se capacita a los alumnos en el arte de la judicatura, se los forma en la función judicial, la gestión y organización de juzgados y disciplinas vinculadas, se les brindan experiencias prácticas del ejercicio judicial, se conocen sus capacidades, su vocación, formación moral, valores y responsabilidad durante la práctica y el diálogo. Además el sistema es menos costoso, ahorra tiempo, asegura calidad y es menos pasible de errores.
En cuanto a la actuación de la Comisión de Disciplina y Acusación es necesario que cumpla cabalmente con su tarea en forma independiente y eficaz.
Por las manos de los jueces pasa la vida diaria de todos los ciudadanos. Postergar la elección o elegir un mal candidato a juez es negar un derecho humano a la sociedad, que no recibirá justicia. Un buen juez construirá estado de Derecho y brindará institucionalidad. El Consejo de la Magistratura no puede desconocer esta verdad y necesita corregirse y buscar el camino correcto para asegurar el buen cumplimiento de sus funciones. |