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HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN Autor: Carlos F. Oteiza Aguirre y Alejandra González Rodríguez |
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El principal punto de la ley es la reducción de la cantidad de miembros del Consejo de 20 a 13 integrantes, 3 jueces, 6 legisladores, 2 representantes de los abogados y 1 represente del Poder Ejecutivo. Fores junto con otras Ongs, y todas las agrupaciones y asociaciones de abogados, en un histórico frente común, se unió para oponerse a este proyecto. Fores, por su parte, destacó que el legislador tiene que esforzarse para superar las incongruencias de la errada reforma constitucional de 1994 y no debe –a riesgo de agravar las deficiencias de esta institución-acentuar la participación de los representantes de los poderes políticos.
El Consejo estaba emplazado a reformarse. Sin embargo, este proyecto no era el camino para lograrlo, ya que no daba respuesta a prácticamente ninguno de los déficits del Consejo.
En definitiva, Fores consideró que el proyecto de ley es inconstitucional: no cumple con los requisitos del art. 114 de la Constitución, viola la división republicana de los poderes al lesionar la independencia judicial y da pie a que el CM pueda creerse con funciones de gobierno, cuando éstas le corresponden a la Corte Suprema. No obstante, la ley fue sancionada aunque con algunas leves mejoras con respecto al proyecto inicial.
Siguieron las propuestas de cambio
Ante la recurrencia de los problemas en el proceso de selección de jueces la Diputada Diana Conti presentó en el año 2008 un nuevo proyecto de reforma que fue duramente criticado por varios sectores. En este nuevo intento de cambio se proponía la modificación de determinados aspectos que se han presentado hasta el momento como pilares indispensables de los concursos públicos, pero sin embargo dichas modificaciones no solucionan los principales problemas detectados (demoras, permeabilidad a intereses políticos, entre otros) sino que, por el contrario los agravan. El punto más criticado de esta propuesta de reforma fue la pretensión de eliminar el anonimato de la prueba de oposición, lo cual claramente atentaba contra la transparencia y objetividad que deben primar en esta etapa técnica de la selección. |