REFLEXIONES
CONVENIENCIA DE DICTAR UNA MODERNA LEY DE ARBITRAJE
RUCCI, LARRABURE, VIOLA. VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO
HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN
ABOGACÍA INTERNA EN LA ARGENTINA. REFLEXIONES A PARTIR DE UNA SENTENCIA EUROPEA SOBRE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMUNICACIÓN ENTRE CLIENTES Y ABOGADOS
EL DESAFÍO DE LA CONEXIÓN ENTRE LA OFERTA Y LA DEMANDA DE TRABAJO PRO BONO. REFLEXIONES A PARTIR DE UN DIÁLOGO ENTRE LOS DIFERENTES ACTORES INVOLUCRADOS.
COMPETENCIA Y JORNADA DE ARBITRAJE COMERCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

  Página 19/21     
  REFLEXIONES
Autor: Nota del Director
  Se ha hablado mucho de la rentabilidad o baja rentabilidad de los fondos administrados por las AFJPs. Más allá de que éstas mantuvieron rentabilidades positivas a pesar de todos los vaivenes políticos y financieros, lo esencial es que éstas ofrecían un sistema relativamente protegido frente a las conductas oportunistas de los gobiernos porque cada afiliado a una AFJP tenía su cuenta individual. Y decimos relativamente protegido, porque la rentabilidad de los fondos administrados por las AFJPs fue indudablemente afectado negativamente por una serie de medidas gubernamentales desde los fines de la década pasada que las obligaban a invertir un porcentaje muy alto de sus disponibilidades en bonos públicos para financiar un Estado que luego se declaró en default, y que en la actualidad han sufrido grandes pérdidas en su cotización por las dudas sobre la solvencia del Estado Nacional. Alrededor del 55% de la cartera de las AFJPs están constituidas por bonos públicos.

A todo ello se suma la motivación real para cambiar el sistema jubilatorio, que es asegurar la “caja” para el año próximo en que hay elecciones legislativas, en un nuevo intento de perpetuación en el poder del actual gobierno. Una vez más se prioriza el corto plazo, pretendiendo beneficiarse del flujo positivo de fondos que significan los aportes de los ex-afiliados a las AFJPs, la mayoría de los cuales todavía no está en edad jubilatoria, sin reparar en que en un horizonte no muy lejano, el Estado y todos los contribuyentes deberán hacerse cargo de los nuevos jubilados sin contar con recursos suficientes para ello.

La seriedad y proyección futura de las implicancias de la decisión se reflejan en la reacción de los mercados en donde colapsó la cotización de los bonos soberanos de la Argentina, y en la caída de la bolsa de valores que refleja la percepción de que se ha suprimido una de las fuentes de financiación genuina más importantes con que contaba el mercado de capitales local. Esta financiación será ahora controlada por el Estado, que además adquirirá participaciones accionarias significativas que le permitirá intervenir en algunos casos en los directorios de compañías muy importantes, aumentando así su interferencia y poder.
Página 19/21