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LA DEUDA INSTITUCIONAL Autor: Alberto Bianchi |
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No nos olvidemos tampoco, que el Congreso demoró más de 12 años en sancionar la ley reglamentaria de los DNU que favorece el descontrol sobre éstos. Más abajo (§ 3.a) me referiré a esta ley.
c. Los servicios públicos
Por medio de los artículos 8, 9 y 10 de la Ley de Emergencia 25.5616, las empresas prestadoras de los servicios públicos sufrieron una fuerte modificación de los marcos regulatorios a los cuales habían ajustado sus obligaciones contractuales, sin obtener a cambio compensación alguna7.
Paralelamente les fue impuesta compulsivamente una renegociación de sus contratos. Originariamente estaba previsto que esta renegociación estaría concluida en 120 días8, sin embargo pasados más de 5 años ella no ha terminado todavía9.
d. Las empresas del Estado
Se ha creado y están por crearse varias empresas públicas10. No tengo la intención ni el espacio para abordar aquí un tema que requeriría de un análisis más detallado, pero retengamos al menos dos datos.
3. Véase: La Nación, 08-10-07, sección Economía & Negocios, p. 1.
4. Véase: La Nación, 11-09-07.
5. Conf. Clarín, 07-08-05.
6. B.O. 07-01-02.
7. En síntesis, las tarifas fueron pesificadas, se eliminaron las cláusulas de ajuste y no se permitieron alteraciones de ningún tipo en la calidad de la prestación de los servicios.
8. Ver Decreto 292/02, artículo 2°.
9. Según informa el sitio de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) www.uniren.gov.ar, sobre un total de 64 contratos se han firmado 35 acuerdos, lo que equivale a un total del 54%. Fueron resueltos, además, 18 contratos, lo que equivale a un 28,1%. El resto no tiene solución aún.
10. Está en trámite un proyecto de ley para la creación de dos empresas públicas en el ámbito del transporte ferroviario, la llamada Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E. y la Operadora Red Ferroviaria S.E. |