REFLEXIONES
LESA HUMANIDAD: LA DOCTRINA MAL CITADA
LA DEUDA INSTITUCIONAL
ACONTECIMIENTOS LEGISLATIVOS, JUDICIALES Y POLITICOS QUE EXPLICAN LA REALIDAD LABORAL ARGENTINA.
VERDADEROS ALCANCES DE LA LEY DE ABASTECIMIENTO
CONSUMO EN EXCESO DE ALCOHOL POR NUESTROS JÓVENES.
ARGENTINA. LA PRÓRROGA DE LAS CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN PETROLERAS Y LA NECESIDAD DE INVERSIONES EN BÚSQUEDA DE MAYORES RESERVAS DE HIDROCARBUROS.
ACTO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE TRABAJO PROBONO PARA EL CONTINENTE AMERICANO
DECLARACIONES PUBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  REFLEXIONES
Autor: Nota del Director
  El mal ejemplo cunde, y las últimas informaciones indican que en dieciocho provincias rige el mismo sistema de reasignación discrecional de las partidas presupuestarias sin control legislativo. A esto se suma la perniciosa práctica de la utilización de “fideicomisos” y otros mecanismos para la financiación de obras de infraestructura que permiten excluir del presupuesto y del control de los organismos de supervisión de ejecución presupuestaria, sumas siderales, con los conocidos resultados que se derivan de la falta de transparencia, como el caso Skanska y otros análogos.

El Poder Judicial

Desde esta columna hemos expresado preocupación por la ley que modificó el número e integración del Consejo de la Magistratura. Por vía de la reducción del número de sus integrantes y la alteración del peso relativo de los diferentes estamentos que se encuentran representados en este organismo (representantes del poder político, del poder judicial, de los abogados y sectores académicos), se ha incrementado el peso relativo del poder político y en particular de los representantes del oficialismo de turno.

Debido a la reforma mencionada, el “sector político” pasó a contar con 7 consejeros sobre 13 (antes del a reforma eran 9 sobre 20), y con ello cuentan con quórum propio sin necesidad de contar con la participación de los jueces, abogados y el sector académico. Además, por el juego de las reglas de mayoría para designar y remover magistrados, en los hechos, se han establecido mecanismos que permiten al oficialismo bloquear la designación de jueces y presionar eficazmente para su destitución, lo que resulta extremadamente nocivo para la independencia del Poder
Judicial.
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