REFLEXIONES
LESA HUMANIDAD: LA DOCTRINA MAL CITADA
LA DEUDA INSTITUCIONAL
ACONTECIMIENTOS LEGISLATIVOS, JUDICIALES Y POLITICOS QUE EXPLICAN LA REALIDAD LABORAL ARGENTINA.
VERDADEROS ALCANCES DE LA LEY DE ABASTECIMIENTO
CONSUMO EN EXCESO DE ALCOHOL POR NUESTROS JÓVENES.
ARGENTINA. LA PRÓRROGA DE LAS CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN PETROLERAS Y LA NECESIDAD DE INVERSIONES EN BÚSQUEDA DE MAYORES RESERVAS DE HIDROCARBUROS.
ACTO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE TRABAJO PROBONO PARA EL CONTINENTE AMERICANO
DECLARACIONES PUBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  REFLEXIONES
Autor: Nota del Director
  El proceso de concentración del poder y el rol del Congreso

La situación creada en relación a la práctica del Poder Ejecutivo de dictar DNUs y al ejercicio por el Jefe de Gabinete de los llamados “superpoderes” en materia presupuestaria, se han convertido en temas emblemáticos respecto del proceso de resignación por el Congreso de sus facultades como poder independiente.

Es de público y notorio conocimiento que la práctica de dictar DNUs se ha ido agravando, y que el Gobierno saliente, ha acentuado esta tendencia.

Esta práctica que, sin duda ha sido ejercida en forma abusiva por los diferentes gobiernos, ha debilitado al Congreso debido al avance del Poder Ejecutivo sobre materias que son propias del Poder Legislativo que, para colmo de males, lejos de restablecer las reglas constitucionales se ha dejado avasallar por el Poder Ejecutivo.

Finalmente, el año pasado se dictó la ley que regula los DNUs. Sin embargo, lamentablemente, la nueva ley no constituye una herramienta eficaz para controlar al Poder Ejecutivo, ni para limitar esta práctica, debido a que lejos de restaurar el rol del control del Congreso, la ley no fija plazos para que las cámaras legislativas se pronuncien sobre el dictamen de una comisión bilateral permanente, y mantiene un sistema de vigencia de los DNUs hasta que sean rechazados expresamente por el Congreso. Esta especie de aprobación tácita permite mantener la vigencia de estos decretos por la sola inacción del Poder Legislativo.

La situación no es mejor cuando se analiza lo que sucede en materia presupuestaria. Ello se debe a que mediante el ejercicio de los llamados “superpoderes” el Jefe de Gabinete queda habilitado a reasignar en forma absolutamente discrecional las partidas presupuestarias, anulándose de esta manera en los hechos el rol del Congreso como responsable principal de aprobar y controlar la ejecución del presupuesto nacional.
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