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La reciente reforma a la Ley de Hidrocarburos
Cómo salimos de la decadencia moral en la que estamos inmersos como sociedad
La frustración del fin del contrato en el nuevo Código
Declaración de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires sobre la ley 26.936 que aprueba el Digesto Jurídico argentino
Dictamen de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires sobre el Digesto Jurídico argentino.
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Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  17/09/2014 - Declaración Pública

LEY DE ABASTECIMIENTO: Hacia un profundo cambio estructural en los derechos y garantías

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, –una vez más- señala la gravedad estructural que habrá de revestir la aprobación por parte de la Cámara de Diputados de la reinstauración de –la hoy suspendida- Ley de Abastecimiento, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.

El trámite parlamentario, como lamentablemente es usual en iniciativas impulsadas por el Poder Ejecutivo, adicionó ahora la discriminación de los oradores inscriptos para expresar su opinión crítica sobre el referido proyecto ante la convocatoria que les hicieran las comisiones de Asuntos Constitucionales; de Comercio, Presupuesto y Hacienda y Defensa del Consumidor, convocada para el 16 de septiembre, de la que fue excluida la de Asuntos Penales. Se cercenó así la participación de nuestro Colegio, única entidad de la abogacía organizada presente para fundamentar las objeciones jurídicas contra el proyecto, al igual que la de IDEA, la Asociación de Bancos, CRA, la Cámara de Sociedades Anónimas, de la Cámara de Importadores, de la Agrupación Será Justicia, entre otras entidades que solicitaron ser escuchadas.

La arbitraria selección de expositores se centró mayormente en entidades afines, como para demostrar una superioridad numérica en apoyo de la controvertida iniciativa -aunque vacua de fundamentos serios- o bien se direccionó adrede hacia aquellas que según la visión del oficialismo representan las fuerzas a doblegar, tal el caso de la Sociedad Rural Argentina, la Asociación de Empresarios Argentinos y la AMCham.

El debate parlamentario, en consecuencia, se vio privado del dialogo, del intercambio serio de ideas y puntos de vista en lo que debía ser un contexto de maduración con el común objetivo final del progreso general de nuestra Nación. Por el contrario, su trámite evidenció el vértigo de un proceso legislativo que, ante todo, evidencia una vez más la visión hegemónica y abusiva con que se ejerce el poder.

De sancionarse la ley serán severamente afectados elementales derechos constitucionales; entre otros, el derecho de propiedad, de ejercer toda industria lícita, sin respetarse las garantías del derecho de defensa y la debida tutela judicial.

La historia argentina, lamentablemente, es pródiga en la reiteración de esquemas de control de mercados y precios que, inexorablemente, han fracasado una y otra vez, pero que sin embargo han sido uno de los claros factores de la persistente decadencia que experimenta nuestra Nación.

Por tanto, y ante la inminencia de su consideración en el plenario de la Cámara de Diputados de la Nación , el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires exhorta a los diputados a rechazar el proyecto indicado y reitera que el atendible interés respecto de los derechos del consumidor, es tan sólo un pretexto para, contrariando la Constitución Nacional, efectuar una delegación permanente de facultades legislativas en el Poder Ejecutivo para que cuando como autoridad de aplicación legal lo considere “estrictamente necesario” pueda dictar y ejecutar actos administrativos puramente discrecionales y aplicar sanciones ante tipos penales indefinidos y abiertos que coronan, a su vez, tan exorbitante y abusivo cuadro de poder, con facultades que, sin ninguna restricción legal, admiten hasta el decomiso y venta de bienes de particulares sin previa indemnización, para el caso en que la autoridad administrativa –a su solo criterio- entendiese que se configura una situación de escasez de aquellos que satisfagan necesidades básicas o esenciales.

El Directorio
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