Reflexiones
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La presunción de inocencia y el delito de lavado de dinero
La aplicación de la Convención de Nueva York sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras por parte de los tribunales de América Latina
Reflexiones sobre el fallo de la Corte en la ley de medios
La vigencia de las facultades delegadas por la Ley 20.680 de abastecimiento
Estudios del comportamiento. Psicología del litigio. Importancia y aplicación ante la hipótesis de conflicto
Abogacía Pro Bono desde el CACBA: ahora, los socios de nuevo
Declaraciones Públicas
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  La vigencia de las facultades delegadas por la Ley 20.680 de abastecimiento
Autor: Santiago M. Castro Videla y Santiago Maqueda Fourcade
  los procesos de producción y distribución de bienes y servicios de uso común.199

Si bien la L.A. encuadraba dentro de la tercer etapa —tenía carácter permanente—,sería objeto de un tratamiento y análisis distinto por parte de la Corte Suprema, realizado en dos precedentes de 1988 en los que analizó el carácter de la L.A. y la constitucionalidad de su delegación.200 Estos son “Verónica S. R. L.” (1988)201 y “Cerámica San Lorenzo I. C. S. A.” (1988),202 ambos anteriores a la suspensión dispuesta por el decreto 2.284/91 y a la reforma constitucional de 1994. De ellos surge, como se verá a continuación, una caracterización implícita de la L.A. como una ley excepcional y de emergencia.

4.3.1. “Verónica S.R.L” (1988)

En “Verónica S.R.L.” (1988), se había cuestionado la validez de una sanción impuesta con motivo de una infracción al régimen de precios máximos establecidos por la resolución 10/83 de la Secretaría de Comercio,203 dictada en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 2 de la L.A.204 Estas facultades, por ese entonces, se encontraban subdelegadas en la Secretaría de Comercio por el decreto 429/82.205 Según surge del dictamen del Procurador al que adhirió la Corte, Verónica S.R.L., al plantear la invalidez de la sanción que le había sido impuesta, había cuestionado la constitucionalidad tanto de la L.A. como de la subdelegación las facultades en la Secretaría de Comercio.206 El juez de primera instancia no hizo lugar a la demanda y rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado por la actora.207 Contra esta sentencia, Verónica S.R.L. interpuso un recurso extraordinario en el que mantuvo el planteo vinculado a la

199 Cfr. “Inverlac S.A.C.I”, Fallos 276-222 (1970).
200 En 1987, sin embargo, la Corte Suprema había convalidado en "Tecnología Integral Médica", Fallos 310-2059 (1987), una aplicación concreta de la L.A., aunque sin que se hubiera planteado su inconstitucionalidad vinculada a la delegación legislativa que realizaba. Cfr. GELLI, María A., “Control judicial en materia de abastecimiento”, op. cit.
201 Fallos 311-2339 (1988).
202 Fallos 311-2453 (1988).
203 B. O. 14-12-1983.
204 La resolución 10/83 estableció un complejo régimen de precios que imponía determinados
márgenes de utilidad, precios máximos y sistemas de información obligatorios para las empresas cuyos productos se encontraran comprendidos en la misma. Según surge de sus propios considerandos, la medida se justificaba en que existía “una situación económica de características críticas” que hacía “imperiosa la aplicación de disposiciones para corregir la distorsión de precios”, aclarando sin embargo que el sistema de precios establecido por la misma se instituía “hasta tanto se concreten medidas de Gobierno que superen la actual coyuntura” (resolución 10/83, citada en nota 203, considerandos 1, 2 y 4).
205 B. O. 04-03-1982.
206 Cfr. Fallos 311-2453 (1988), Dictamen del Procurador General que la Corte hizo suyo, Capítulos I, II y III.
207 Cfr. idem, Capítulo I, párr. único.
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