REFLEXIONES
INSEGURIDAD JURÍDICA: EL CONFLICTO ENTRE LOS PRINCIPIOS ECONÓMICOS Y LAS DOCTRINAS JURÍDICAS
CORRUPCIÓN Y REVISIÓN DE ACTOS DICTADOS A CAUSA DE LA PERVERSIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL
PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACIÓN
UNA REFORMA LEGISLATIVA NECESARIA: CUANDO LA FALTA DE COMPROMISO (ARBITRAL) ES POSITIVA
AMICUS CURIAE SOBRE CANDIDATURAS TESTIMONIALES
LA INFORMACIÓN SATELITAL COMO PRUEBA EN LITIGIOS NACIONALES E INTERNACIONALES
¿PORQUÉ LAS MICROFINANZAS NO SE DESARROLLAN CON MÁS ÉXITO EN ARGENTINA?
TENDENCIAS ACTUALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INTERGUBERNAMENTALES Y DE LOS ESTADOS QUE LAS COMPONEN. CASOS BEHRAMI, AL JEDDA Y WESTLAND HELICOPTERS
CAMBIO DE AUTORIDADES DE LA COMISIÓN PRO BONO: MOMENTO PARA EL BALANCE, ENTREVISTA AL DR. MARTÍN ZAPIOLA GUERRICO
RESUMEN BIBLIOGRÁFICO
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PÚBLICAS
  La independencia del Poder Judicial nuevamente atacada
25/02/2009 - Declaración Pública

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires considera inaceptables las manifestaciones del Secretario de Derechos Humanos de la Nación, quien abiertamente ha amenazado con impulsar a través del Consejo de la Magistratura de la Nación la destitución de los miembros de la Sala II de la Cámara de Casación Penal que dictaron la resolución ordenando la libertad de veintiún procesados en la causa ESMA y ha reclamado juicio político a los referidos magistrados. Se agrega la insistencia de la propia presidenta de la Nación, quien al respecto expresó que dicho fallo se trata de una vergüenza para la Argentina, para la humanidad y nuestro sistema judicial. Sin duda ello implica, una inadmisible presión a los jueces para alinearlos con la opinión del Poder Ejecutivo, bajo la amenaza de destitución.

La decisión en cuestión seguramente podrá ser recurrible por ante la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ante la instancia es el órgano de jurisdicción competente según la Constitución para, de corresponder, revisar institucionalmente el fallo dictado.

Tales declaraciones no sólo constituyen una inaceptable interferencia del Poder Ejecutivo en el Judicial, antes bien tienen el carácter de un gravísimo acto de intimidación con el cual nuevamente se pretende condicionar la actuación de los jueces según la voluntad del poder político.

Una vez más se utiliza el sensible tema de los derechos humanos para amenazar con su destitución a jueces que en el ejercicio de su magistratura, a partir de la ecuanimidad e independencia en la ponderación de las circunstancias del caso -que obviamente no responden a los criterios impuestos desde el Poder Ejecutivo-, ajustándose a derecho, ordenaron la liberación de los procesados por reiteradas demoras en la respectiva causa suspendiendo las prisiones
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