REFLEXIONES
CONVENIENCIA DE DICTAR UNA MODERNA LEY DE ARBITRAJE
RUCCI, LARRABURE, VIOLA. VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO
HITOS Y BALANCE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN
ABOGACÍA INTERNA EN LA ARGENTINA. REFLEXIONES A PARTIR DE UNA SENTENCIA EUROPEA SOBRE CONFIDENCIALIDAD DE LA COMUNICACIÓN ENTRE CLIENTES Y ABOGADOS
EL DESAFÍO DE LA CONEXIÓN ENTRE LA OFERTA Y LA DEMANDA DE TRABAJO PRO BONO. REFLEXIONES A PARTIR DE UN DIÁLOGO ENTRE LOS DIFERENTES ACTORES INVOLUCRADOS.
COMPETENCIA Y JORNADA DE ARBITRAJE COMERCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.
DECLARACIONES PÚBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PÚBLICAS
  El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires advierte acerca de la gravedad institucional que conlleva el anuncio del Poder Ejecutivo Nacional de impulsar la modificación del sistema previsional a través de la estatización del régimen de AFJP. Ya el sólo hecho de su proclamación significa un verdadero retroceso en el plano de las ideas y evidencia la ausencia de compromiso y respeto de las autoridades nacionales hacia la seguridad jurídica, sobre todo cuando pocos meses atrás ley 26.222 modificó el sistema reafirmando la libertad de opción entre el sistema de capitalización y reparto.

Tal ideario proyecta sobre la sociedad argentina el verdadero trasfondo inspirador que motoriza este conjunto de iniciativas, que no es otro que el de la recurrente utilización por parte del Poder Ejecutivo Nacional de los recursos del sistema previsional para satisfacer necesidades coyunturales de financiamiento del Estado.

Urgencias fiscales que el Poder Ejecutivo insiste en ocultar sumadas a cierta preocupación esbozada acerca de los efectos y alcances de la crisis financiera internacional lo llevan a impulsar otro fugaz tratamiento de una reforma previsional, como sucediera en febrero de 2007 con la mencionada Ley 26.222, sin el necesario debate que la sociedad y sus Instituciones requieren y merecen, ante la relevancia del tema.

Basta recordar el tiempo de análisis técnico y discusión parlamentaria que insumió entre 1993 y 1994 la implementación del actual régimen de capitalización mixto, como sucediera también en otros países vecinos, que adoptaron sistemas similares .

Cabe mencionar que este proyecto del Poder Ejecutivo necesariamente debe conjugarse dentro del cuadro de situación que ha creado la reciente
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