REFLEXIONES
EL “TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL” SIGUE DESARROLLANDO EL “DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO”
INVERSIONES EXTRANJERAS MENGUANTES
EL PODER PARA GASTAR Y EL PODER PARA RECAUDAR FONDOS FEDERALES DEBEN ESTAR REGIDOS POR LAS MISMAS NORMAS CONSTITUCIONALES: AMICUS CURIAE CONTRA LA LEY 26.124
LEY DE ABASTECIMIENTO (L. 20.680)
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN MATERIA TRIBUTARIA. LIMITACIONES A LA MISMA. JURISPRUDENCIA RELEVANTE E INCERTIDUMBRE QUE PLANTEA
MOTIVACIONES DEL “TRABAJO PRO-BONO”
CASSABA: AUSENCIA DE LEGITIMIDAD DE ORIGEN Y CONTROL DE SUS ÓRGANOS DE GOBIERNO. ELEMENTOS RELEVANTES PARA IMPULSAR LA DEROGACIÓN DE LA LEY 1181.
DECLARACIONES PUBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LEY DE ABASTECIMIENTO (L. 20.680)
Autor: Juan Pablo Vigliero
  VI. ¿Qué comportamientos considera la LA amenazantes de esos intereses?

Su enunciación surge del Art. 4º, volcándoselos también sintéticamente, a saber:
a) elevar artificial o injustificadamente los precios en forma que no responda proporcionalmente a los aumentos de los costos, u obtener ganancias abusivas; b) revaluar existencias; c) acaparar indebidamente materias primas o productos; d) intermediar innecesariamente; e) destruir mercaderías y bienes; impedir la prestación de servicios u otros actos que tiendan a la escasez; f) negar o restringir injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios, o reducir o no incrementar, sin causa la producción; g) desviar del abastecimiento normal; h) no comercializar mercaderías análogas a aquellas con precios máximos o congelados o con márgenes de utilidad fijados; i) no entregar factura o comprobante de venta; j) violar cualquiera de las disposiciones que se adoptaren en ejercicio de las atribuciones que confiere esta ley.

VII. ¿Cómo sanciona la LA aquellos comportamientos?

Las especies de sanciones previstas, transitan la multa ($500 a $1.000.000), la clausura del establecimiento; la inhabilitación para servirse de créditos, o para ejercer el comercio y la función pública; el comiso de bienes; la suspensión en el registro de proveedores del Estado, o en el uso de patentes y marcas; la privación de libertad por hasta 90 días, que pueden transformarse en una pena mayor de 6 meses a 4 años. Se prevé además la eventual publicación de la sentencia.

VIII. Cuestiones que erosionan la legitimidad de la Ley de Abastecimiento

A. Esencia represiva de una norma de contenido económico
Estamos ante una norma represiva al servicio de la regulación estatal de la economía. Recordemos que busca tutelar la “seguridad y el orden económico nacional”, expandiéndose su ámbito de aplicación a todo
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