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Compromiso de Buenas Prácticas Pro Bono. Un hito más en el camino Autor: María Delfina Balestra y María de la Paz Miatello Serrano Redonnet |
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Otro de los puntos sobresalientes del Compromiso es aquel que hace referencia a la figura del Coordinador Pro Bono. En efecto, la experiencia indica que la designación de un profesional –a tiempo completo o a tiempo parcial- como Coordinador Pro Bono resulta sumamente positiva a los efectos de la organización y la difusión del trabajo pro bono, tanto hacia el interior de los estudios como en la relación de los mismos con las restantes organizaciones que integran la cadena pro bono (Clearing Houses, ONGs, Universidades, etc.).
Ahora bien, es importante definir cuáles serán las funciones de este profesional y cuidar que las mismas sean respetadas y valoradas.
En este sentido, el Compromiso establece que la función esencial del Coordinador es la de gestionar las diversas cuestiones relativas al desarrollo del trabajo pro bono dentro del estudio, entre las que se destacan: (i) identificar posibilidades de trabajo pro bono atractivas y diseñar proyectos en consecuencia, (ii) derivar, coordinar y hacer el seguimiento de los asuntos pro bono dentro del estudio, (iii) asistir y motivar a los profesionales involucrados en asuntos pro bono, buscando en todo momento que el número de involucrados sea cada vez mayor, (iv) comunicar internamente las novedades y buenas prácticas relativas al trabajo pro bono y (v) generar vínculos con los diferentes actores de la cadena pro bono en pos del desarrollo de proyectos en conjunto. Y remarca que el Coordinador no debe asumir de modo “residual” los casos pro bono que otros profesionales del estudio no desean o no pueden asumir, sin perjuicio de que pueda encarar los casos que le resulten afines por motivación o compromiso personal, toda vez que la función esencial de un Coordinador no es realizar trabajo pro bono en forma personal, sino ser facilitador para que todos los profesionales del estudio puedan realizarlo, motivándolos, alentándolos y asistiéndolos en su cometido.
A los efectos de poder cumplir acabadamente con sus tareas, el Compromiso resalta la importancia de que el Coordinador reciba un claro apoyo institucional de los socios del estudio, se le planteen objetivos claros y se lo evalúe en consecuencia.
6. Difusión
Por último, se establece que los Estudios harán conocer el Compromiso a todos sus integrantes -actuales y futuros- y difundirán su contenido en la forma más amplia posible. Asimismo, autorizan expresamente a la Comisión Pro Bono a dar a conocer públicamente su contenido y el listado de los Estudios que lo suscriben.
María Rosa Villegas Arévalo, de Allende & Brea; Lisandro Allende, de Allende & Ferrante; Fernanda Mierez, del Estudio Beccar Varela; Juan Pablo Vigliero, de Casal, Romero Victorica y Vigliero; Gonzalo Vayo, de Del Carril, Colombres, Vayo & Zavalía Lagos; Santiago Fontán Balestra, de Fontán Balestra & Asociados; Javier Petrantonio, de M&M Bomchil; Gonzalo Fontana, de Marval, O’Farrell & Mairal; José A. Martínez de Hoz
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