Reflexiones
El caso María Belén Rodríguez
El encubrimiento
Nuevo Código Procesal Penal: Advertencia y breve comentario
Terrorismo islámico. La Argentina incumple Convenciones Internacionales. Cosa juzgada irrita
El "contrato de larga duración" en el nuevo Código Civil y Comercial
Compromiso de Buenas Prácticas Pro Bono. Un hito más en el camino
Declaraciones
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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Nuevo Código Procesal Penal: Advertencia y breve comentario

Por Hernán Munilla Lacasa

  Desde el 9 de diciembre de 2014 tenemos un nuevo Código Procesal Penal, el cual va a comenzar a regir una vez que se sancionen otras leyes fundamentales: la de implementación del nuevo régimen; las leyes orgánicas del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal, de la Defensa y una puntual modificación al Código Penal (en lo tocante al ejercicio de las acciones que regula este ordenamiento). Ninguna de estas leyes tiene aún fecha cierta de tratamiento, aunque el Poder Ejecutivo ha dejado trascender su voluntad de agilizar cuanto sea posible la sanción de estas indispensables herramientas, que acaba de enviar al Congreso de la Nación.

Nuestra sociedad ha constatado que los anhelos legislativos del gobierno, por disponer de mayorías parlamentarias propias, se convierten rápidamente en realidad. Lo que no habla bien del Congreso, claro. El comentario que realizaremos del flamante Código, por consiguiente, no puede ser sino breve, parcial y condicionado al definitivo alcance que tales iniciativas terminen dándole al texto sancionado y promulgado como Ley Nº 27.063. De hecho, es muy posible que cuando este artículo sea publicado, el contenido de las mencionadas leyes

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