Reflexiones
EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO
CONTRACULTURA
LA SANCIÓN DE CADUCIDAD DE LAS CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS
EL ACTA DE MISIÓN EN EL NUEVO REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CCI, 2012
EL DERECHO DE PROPIEDAD, EL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y LOS INCENTIVOS PARA SU PROTECCION
Mediación prejudicial: evaluaciones pendientes
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Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  EL DERECHO DE PROPIEDAD, EL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y LOS INCENTIVOS PARA SU PROTECCION
Autor: Diego Hickethier
  Así, establece que el órgano de aplicación “deberá (…) proponer alternativas de compensación de la carga que pueda significar la protección buscada”, y seguidamente, dispone que “la compensación podrá contemplar la transferencia de la capacidad constructiva de la parcela a otra u otras parcelas”.

Luego, dispone los requisitos que debe cumplir la transferencia:

• Que la parcela o parcelas receptoras no se encuentren emplazadas en distritos APH, AE y/o U.
• Que las construcciones en la parcela o parcelas receptoras no podrán superar las normas de tejido de su Distrito de Zonificación.
• Que no se supere en más del treinta por ciento (30%) el valor fijado para su Distrito de Zonificación.

Se define la Capacidad Constructiva Transferible (CCT) como “la superficie que resulta de la diferencia entre la capacidad constructiva o edificabilidad permitida de la/s parcelas en la cual se encuentra/n el/los inmuebles a catalogar y proteger y la superficie construida existente en la/s parcela/s en el momento de la catalogación.”

El “remanente de la Capacidad Constructiva Transferible”, es decir la cantidad de metros cuadrados a construir que efectivamente podrán transferirse serán: i) del 100% CCT en los casos de Protección Integral; ii) del 80% CCT en los casos de Protección Estructural; iii) del 60% CCT en los casos de Protección Cautelar.

Además, el esquema de transferencia es el siguiente: i) Área Central de la Ciudad: 0%; Zona sur de la Ciudad: hasta 100%; Resto de la Ciudad: hasta 50%.
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