|
EL ACTA DE MISIÓN EN EL NUEVO REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CCI, 2012 Autor: Fernando Aguilar |
|
los jueces estatales con peticiones sobre materias abarcadas por el acuerdo arbitral –salvo aquellas expresamente permitidas por la cláusula pactada, como lo son las cautelares en general–. Nuestra ley positiva vigente (CPr., Artículo 736) admite esta bifurcación, y el arbitraje también es admitido en todos los estados nacionales con culturas jurídicas similares a la nuestra (y por los códigos de procedimientos provinciales).157
6. Sin embargo, el primer deslinde de competencia derivado del objeto del contrato y la cláusula arbitral contenida en él resulta precisado por el escrito de apertura del procedimiento, su contestación y, en su caso, la reconvención y la respuesta a la misma. El Reglamento, además, permite antes del Acta de Misión que las partes modifiquen o amplíen sus reclamos, los hechos invocados, y las defensas correspondientes en tanto el tribunal debe redactar el documento tomando las últimas alegaciones de las partes.
7. Ello es una faceta del proceso arbitral que no resulta familiar a los abogados provenientes del “civil law” o derecho codificado. Los abogados que litigamos bajo códigos procesales valoramos la necesidad de leer en la ‘demanda’ el total de la materia que será el entramado del pleito, y ello incluye los hechos, el derecho aplicable, y la pretensión expresada en forma clara, así como la estimación del monto reclamado si fuera posible. Se vincula esta característica de la demanda judicial al derecho de defensa, en tanto se postula que la persona demandada tiene derecho a saber a qué atenerse, y a estructurar su estrategia defensiva en un todo congruente y a la medida de las cuestiones planteadas por la demandante, incluyendo el “quantum” que le es reclamado. Para los anglosajones, en cambio, resulta normal que la presentación que da inicio al pleito pueda ajustarse a los hechos y argumentos opuestos por la demandada, y a las circunstancias que se descubran durante el proceso de ‘conocimiento’ – tiene importancia por ello que, en el Reglamento, el escrito de ‘demanda’ ahora se denomine
157 La Convención de Nueva York de 1958 sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras ha sido ratificada por cerca de 143 estados, es decir, en la práctica, por el total de estados nacionales que tienen alguna vinculación comercial con Argentina. Son numerosos los tratados celebrados por la República Argentina que aceptan el arbitraje como instrumento legítimo par la solución pacífica de controversias internacionales. |