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LA SANCIÓN DE CADUCIDAD DE LAS CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS Autor: Tomás Lanardonne y Constanza Bourdieu |
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existir en la respectiva causa una cuestión “predominantemente federal”.
La doctrina que recientemente interpretó la jurisprudencia de la Corte Suprema en materia hidrocarburíferas también coincide con esta postura:
“De su jurisprudencia puede deducirse con claridad que la Corte tiene decidido no dejar librados a la interpretación de las veintitrés jurisdicciones que componen nuestro país los temas vinculados, por ejemplo, con la interpretación y aplicación del régimen federal de los hidrocarburos (Fallos 332:800), con la política nacional de hidrocarburos o con la reserva del diseño de la política hidrocarburífera a nivel federal, por ser la explotación del petróleo y sus derivados una cuestión de política industrial y económica de significación para todo el país” (P. 1749, XL, “Panamerican Energy”, sentencia del 10-8-10).” 149
4.2. LA CONFIGURACIÓN DE LOS ELEMENTOS RATIONE PERSONAE Y RATIONE MATERIAE EN LOS CASOS DE CADUCIDAD
Provincia del previo certificado de libre deuda de impuestos provinciales para el otorgamiento de certificado de origen de la producción hidrocarburífera), publicado en Fallos, 328:3018; (v) “YPF c/ Provincia del Neuquén” y muchos otros, de fecha 31/10/06, publicado en Fallos, 329:4829 y siguientes, más “Mobil Argentina c/ Provincia del Neuquén” y muchos otros, de fecha 5/6/07, publicado en Fallos, 330:2610 y siguientes (thema ad decidendi: interpretación de la Ley de Hidrocarburos y su normativa complementaria por un reclamo administrativo por diferencia de regalías en base a los Decretos 225 y 226 de la Provincia del Neuquén que establecieron pautas para la determinación de regalías hidrocarburíferas); (vi) “ENAP Sipetrol Argentina c/ Provincia del Chubut”, 29/12/09 (thema ad decidendi: interpretación de la normativa sobre regalías prevista en la Ley de Hidrocarburos y su normativa complementaria ante un reclamo administrativo por regalías sobre petróleo crudo en base a la Disposición SSC 1/08); y (vii) “Provincia del Neuquén c/ Chevron Argentina S.R.L.”, 10/08/2010 (thema ad decidendi: interpretación de la normativa sobre servidumbres prevista en la Ley de Hidrocarburos y su normativa complementaria ante un reclamo administrativo por cobro de servidumbres hidrocarburíferas).
149 Ver ORLANDO DE SIMONE, “La competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el régimen federal de hidrocarburos”, El Derecho –Suplemento Derecho Constitucional-, 2010-671. |