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Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina Autor: Tomás Lanardonne |
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Para la entrada en vigencia de estos contratos, el generador debe resultar adjudicado en la licitación convocada por ENARSA, y luego de haber sido seleccionado, su oferta debe ser aprobada por la Secretaría de Energía, quien instruirá a CAMMESA a celebrar el contrato con ENARSA. En forma paralela, ENARSA celebra el contrato con el generador renovable.
El paraguas regulatorio del proceso licitatorio fue la Resolución SE 712/2009 de octubre de 2009, que entre otras cuestiones, establece lo siguiente:
* Se diferencian los “Contratos de Abastecimiento MEM a partir de Fuentes Renovables” (así fueron denominados por la regulación), como (i) aquellos “por potencia” respecto de aquellos proyectos que utilicen tecnologías que permitan respaldar la potencia de sus unidades generadores (e.g., generación térmica a biodiesel), y (ii) aquellos “de energía suministrada” con los que no es posible respaldar potencia de acuerdo a las características del recurso explotado y/o la tecnología aplicada (e.g., eólico o solar).
* Los contratos deben tener una vigencia de 15 años como máximo.
* CAMMESA, como parte compradora, abonará mensualmente un cargo adicional de hasta el 10% al pautado en los contratos a celebrarse en concepto de “retribución por la generación y energía asociada”, a los fines de garantizar a través de la conformación de un “Fondo de Garantía de Pago”, en hasta un 20% las obligaciones futuras que surjan de los Contratos de Abastecimiento MEM a partir de Fuentes Renovables.
* En tanto sea de aplicación el orden de prioridad de pago previsto en la Resolución SE 406/2003, las obligaciones de pago derivadas del contrato tendrán prioridad de cancelación (igual al llamado inciso “e” que cubre los costos de combustible y operación y mantenimiento de las centrales que venden al Mercado Spot). En caso que se modifique dicho orden de prioridad, se establece que la prioridad de cancelación de las obligaciones de pago no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costosoperativos de los generadores térmicos.
7.2. Pliego de Bases y Condiciones de ENARSA
Los lineamientos principales del “power purchase agreemente” según lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la “Licitación Pública Nacional e Internacional ENARSA Nº 001/2009 de Provisión de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables” son:90
* La estructura jurídico-contractual es la siguiente: (i) el generador (denominado “Contratista”) celebra un contrato con ENARSA (denominada “Contratante”);
y (ii) ENARSA celebra un “Contrato de Abastecimiento MEM” con CAMMESA. En principio, el generador sólo tiene vínculo jurídico con
90 Información disponible en www.enarsa.com.ar. |