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Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina Autor: Tomás Lanardonne |
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llevar a cabo todas las acciones necesarias para lograr la operación de esas unidades con dicho combustible a la mayor brevedad posible.
2. Se establece como señal económica para estimular el uso del Biodiesel en las plantas de generación térmica, una remuneración excepcional a la energía generada con el mismo. A tales efectos, el valor máximo a reconocer por CAMMESA para la energía generada en dichas plantas térmicas con Biodiesel, será igual al Precio de Referencia del mismo publicado en la página de Internet de la Secretaría de Energía, más un reconocimiento adicional del DIEZ POR CIENTO (10%) de dicho valor, en concepto de gastos de administración y costos financieros.
3. Adicionalmente a lo anterior, CAMMESA deberá reconocer una remuneración extraordinaria a la energía generada en las plantas de generación térmicas con Biodiesel de 10 U$S/MWh, más el 50% de la diferencia entre Precio de Referencia del Biodiesel publicado en la página de Internet de la Secretaría de Energía, y el precio de compra del Biodiesel efectivamente abonado por el generador, en caso de resultar dicha diferencia positiva.
4. La remuneración aludida tendrá una prioridad de pago igual a la de los costos de operación y mantenimiento y la potencia pagadera a los generadores, en los términos del numeral e) del Artículo 4° de la Resolución SE 406/03.
En concreto, la Secretaría de Energía está fomentando la generación eléctrica a partir del biodiesel por medio de un sistema de “remuneración plus” (Art. 3), en base a reconocer los costos reales de combustible que tienen dichos generadores (Art. 2), y a través de priorizar el pago por CAMMESA de dicha energía por sobre los pagos a realizar a los productores de electricidad en base a gas natural u otros combustibles fósiles (fuel oil o gas oil).
VI. NUEVO RÉGIMEN DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN LA ARGENTINA
6.1. Introducción
En diciembre de 2006, el Congreso Nacional dictó la Ley 26.190 aprobatoria del “Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinadas a la Producción de Energía Eléctrica”.
La Ley 26.190 amplió el espectro de energías renovables comprendidas en el régimen de promoción establecido por la Ley 25.019, y mantuvo el sistema de “Feed-in Tariff” o remuneración plus y los beneficios impositivos. Pero más importante aún, si bien no estableció una obligación de compra de parte de los usuarios regulados, estableció el objetivo de alcanzar el 8% de consumo de energía eléctrica nacional de fuente renovable para el año 2017.
Así, el artículo 2º estableció como objetivo lograr una contribución de las fuentes de energía renovables hasta alcanzar el 8% del consumo de energía eléctrica nacional, en el plazo de 10 años a partir de la puesta en vigencia del régimen, esto es, enero de 2007. El |