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Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina Autor: Tomás Lanardonne |
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sistema de bonos), o en última instancia, se deberá abonar una penalidad a la autoridad regulatoria.
Es un sistema que provee seguridad para el productor en cuanto se le asegura una demanda o mercado cautivo. Se le objeta el hecho de que no representa la llamada “market compatibility”, porque la electricidad debe ser comprada independientemente de la demanda efectiva del respectivo usuario.
3.2.3. Sistema de Bonos
Bajo este sistema, cada año, la autoridad competente establece un nivel de referencia o “benchmark” de emisiones por habitante. Este nivel será luego utilizado para establecer los niveles específicos a cada usuario para reducir la emisión de GEI por el consumo de electricidad. Los sujetos obligados por regulación deben reducir sus emisiones de GEI compensando cualquier porcentaje incumplido a través de la entrega de certificados de reducción.
Estos certificados son emitidos por los generadores de energías renovables habilitados para tal efecto. Así, adicionalmente a sus ventas de electricidad al mercado, los productores de energías renovables tienen la posibilidad de vender sus certificados en el mercado.
3.2.4. Sistema de licitaciones
En un sistema de licitaciones se licitan contratos de compra de energía eléctrica de largo plazo (“power purchase agreements” o “PPA”) donde los generadores de energía eléctrica a partir de fuentes renovables ofrecen como vendedores un volumen de potencia determinada y un precio, y el comprador es la empresa estatal de energía, o los usuarios regulados que deben asistir a la licitación.
3.2.5. Tratamiento individualizado en los cargos de transporte
Ya sea por cuestiones vinculadas a la distancia entre la fuente de generación y el punto de consumo, o por la mayor incidencia que tienen los costos de transporte, en razón de las menores cantidades de energía involucradas, las condiciones de transmisión e interconexión aplicables a la generación renovable resultan de especial importancia.
Un método de promoción que se justifica en la naturaleza intermitente (sólo disponible en determinados períodos) de cierta generación renovable (eólica, solar, e hidroeléctrica), consiste en que los cargos por transmisión y por servicios conexos (como la variación de frecuencia y voltaje) sólo deben pagarse en la medida de la capacidad y energía realmente transmitida, y no de la potencia reservada.
Atento a la naturaleza intermitente de cierta generación renovable, puede acontecer que la energía eléctrica sea producida en horarios en que no se encuentra garantizada la demanda. Se puede resolver este inconveniente disponiendo que el sistema actúe como una suerte de “banco de energía”. Ello permite la realización de una compensación energética en virtud de la cual el generador entrega energía a la red de transmisión conforme su disponibilidad, con independencia del horario o condición de despacho |