Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires
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21/09/2007 - Declaración Pública

CASSABA, una cuestión que no admite dilación

Desde mucho antes de la sanción de la ley 1181 de la Ciudad Autónoma, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires sostuvo su oposición a la existencia misma de un régimen legal previsional compulsivo para los abogados de la Ciudad de Buenos Aires. A las múltiples gestiones llevadas a cabo por sus miembros para impedir la sanción de la ley se agregó, una vez sancionado el régimen legal que finalmente dio origen a la creación de CASSABA, un empeño incesante por impulsar su derogación.

Sin perjuicio de mantener inalterable su posición a favor de la derogación completa del régimen, este Colegio ha señalado además las severas deficiencias que presentan diversas normas reglamentarias dictadas por el organismo. Entre ellas la reciente modificación al reglamento del art. 74 de esa ley, que resolvió la Asamblea de CASSABA celebrada el pasado 16 de julio de 2007, que han venido a agravar la situación en el ejercicio de su profesión a los abogados matriculados en la ciudad de Buenos Aires, así como también ha encarecido indebidamente, y por tanto restringido, el derecho de acceso a la justicia de los propios litigantes.

En los últimos tiempos la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires viene considerando numerosos proyectos de autoría de legisladores de diverso origen político que, en la variedad de su propuesta legislativa, no ha hecho sino reconocer y poner de relieve la preocupación que se avizora en ese ámbito legislativo en relación al problema, real y tangible, que ha ocasionado para los abogados y los litigantes ese régimen legal previsional compulsivo.

Frente a tal circunstancia, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, sin perjuicio de sostener la conveniencia de la derogación lisa y llana del régimen en su integridad, apoya como alternativa el proyecto de ley que concita mayor adhesión entre los diversos bloques de la Legislatura porteña que contempla una serie de excepciones a su obligatoriedad llevando a la instauración de un régimen voluntario en que los abogados podrán elegir en libertad el sistema jubilatorio que prefieran www.allstyleshoes.com.

De tal manera y a fin de terminar con un régimen repudiado por los abogados y que afecta nuestra Constitución, este Colegio exhorta a los señores legisladores a superar todas las diferencias y dar pronta sanción a la iniciativa legal referida.

.Enrique del Carril
Presidente

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