Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires
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25/08/2017 - 25 de agosto de 2017

LA AUTORITARIA PRÁCTICA DE PRETENDER IDENTIFICAR A UN ABOGADO POR LA DEFENSA EN UNA CAUSA. EL CASO PABLO NOCETI

Invariablemente, el COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ha expresado su rechazo a los cuestionamientos articulados contra los abogados en orden a los clientes que representan por la naturaleza de la defensa en la que intervienen profesionalmente, al interpretar que tal sesgada concepción afecta la libertad de conciencia de los abogados, el ejercicio de la profesión, el derecho a la asistencia jurídica letrada a favor de quien resulta imputado penalmente y, por ende, las garantías de defensa en juicio y al debido proceso penal que están comprendidos dentro de los derechos humanos que le cabe a cualquier persona en la instancia judicial.

El hecho de que al defensor designado en un juicio le correspondan poderes y atribuciones para invocar en interés de su cliente imputado, no puede hacer perder de vista que este último es el titular del derecho de defensa, y en ese carácter se ejercita su defensa material.

En atención a lo señalado, el COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES expresa su absoluto desacuerdo y rechazo respecto de aquellas manifestaciones emitidas por periodistas, políticos, senadores y diputados, que recriminan la actividad profesional que ejerciera el Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad de la Nación, Pablo Noceti, con anterioridad a su función pública, por haber asumido en el libre ejercicio de la profesión de abogado la defensa judicial de militares imputados de haber cometido delitos de lesa humanidad y a otros clientes.

En consonancia con principios básicos del ordenamiento jurídico nacional e internacional, se ratifica que, por imperativo ético de las reglas que regulan su conducta y como derecho esencial, los abogados tienen la libertad de elegir sus clientes y esa facultad no puede amparar ni generar reproche alguno, en tanto es sustento insoslayable de la garantía jurídica de los derechos humanos de cualquier persona y que establecen la presunción de inocencia y la inviolabilidad de la defensa en juicio.

El Directorio

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