22/11/2012 - Declaracion Pública:
LA REFORMA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: Una reprochable historia que busca repetirse
El Congreso bonaerense procura modificar la ley regulatoria de su Consejo de la Magistratura. Genera, así, una profunda preocupación en la abogacía porque es advertida como la reedición de una visión autoritaria sobre la independencia del Poder Judicial y sus magistrados, reñida con los más elementales principios de la República y la Democracia.
La experiencia habida en el ámbito nacional en oportunidad de modificarse la ley que regula el Consejo de la Magistratura de la Nación, acredita una huella negativa en la institucionalidad jurídico nacional.
Dicha experiencia debería ser capitalizada para evitar que cunda ese mal ejemplo en otras jurisdicciones.
El sistema provincial propuesto, anoticia a la comunidad su real intención: se procura ejercer el dominio de la estructura orgánica institucional de designación y remoción de jueces en la provincia de Buenos Aires. Lamentablemente, tal propósito debe identificarse con la vocación oficial de detraer independencia de los magistrados a los que, sistemáticamente, buscará alinear tras los intereses de sesgo político partidario y personal del oficialismo.
De consagrarse esa reforma en el Consejo de la Magistratura provincial, su Poder Ejecutivo pasaría a detentar la potencialidad de contar con una mayoría decisoria en el organismo, circunstancia que, de manera principal, lograría con la disminución en dos miembros la representación del Colegio de Abogados.
El quebrantamiento del equilibrio entre los estamentos que conforman el Consejo de la Magistratura debilita su calidad institucional. Si se está a favor de la República, es decir de la división de los poderes, de la transparencia y control de los actos de gobierno, se debe rechazar de plano la injerencia que el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires busca consolidar en el Judicial a través del referido proyecto de reforma legal.
El Directorio
Volver
al listado de declaraciones |
|