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EL DESAFÍO DE LA CONEXIÓN ENTRE LA OFERTA Y LA DEMANDA DE TRABAJO PRO BONO. REFLEXIONES A PARTIR DE UN DIÁLOGO ENTRE LOS DIFERENTES ACTORES INVOLUCRADOS. Autor: María de la Paz Miatello Serrano Redonnet |
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Tuve la suerte de participar de ambas mesas redondas y de ser testigo de un diálogo por demás motivante y esperanzador. Motivante porque cada una de las experiencias relatadas era muestra acabada de lo mucho que se puede hacer desde el Derecho cuando se decide poner los conocimientos y talentos recibidos al servicio del país y de los que más lo necesitan. Esperanzador porque se advertía en cada uno de los presentes la voluntad de seguir dedicando tiempo y esfuerzos para perfeccionar y profesionalizar la prestación de servicios legales pro bono, y de mover a otros a hacer lo mismo.
Reproducir las más de tres horas de debate es prácticamente imposible y excede el propósito de este artículo. Es por ello que me limitaré a profundizar en uno de los temas que, a mi entender, resulta fundamental y que fue, de algún modo, protagonista de las dos mesas redondas: la conexión entre la oferta y la demanda de trabajo pro bono. En efecto, resulta imprescindible implementar mecanismos que permitan unir, del modo más rápido y sencillo posible, a las personas o instituciones necesitadas de asistencia legal gratuita con los estudios o abogados independientes dispuestos a satisfacer esa necesidad.
De un lado, personas y organizaciones necesitadas de asistencia legal Según el texto de la Declaración, “pro bono significa prestar servicios legales gratuitamente o sin la expectativa de recibir pago, y que benefician principalmente a personas o comunidades pobres o menos privilegiadas y a las organizaciones que los asisten. Estos servicios pueden incluir la representación y asesoría de personas, comunidades u organizaciones en temas de interés público, que de otra manera no las obtendrían de una manera efectiva. Además, los servicios legales Pro Bono también pueden beneficiar a instituciones cívicas, culturales y educativas que sirvan al interés público y que de otra manera tampoco obtendrían representación y asesoría efectiva”.
Por lo tanto, podemos dividir a los beneficiarios del trabajo pro bono en dos grandes grupos: el de las personas o comunidades pobres o menos privilegiadas, por un lado; y el de las organizaciones que las asisten y las instituciones que sirven al interés público, por el otro. Cada uno de estos grupos presenta necesidades legales diferentes, que es necesario identificar para poder darles el tratamiento adecuado. |