REFLEXIONES
EL “TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL” SIGUE DESARROLLANDO EL “DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO”
INVERSIONES EXTRANJERAS MENGUANTES
EL PODER PARA GASTAR Y EL PODER PARA RECAUDAR FONDOS FEDERALES DEBEN ESTAR REGIDOS POR LAS MISMAS NORMAS CONSTITUCIONALES: AMICUS CURIAE CONTRA LA LEY 26.124
LEY DE ABASTECIMIENTO (L. 20.680)
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN MATERIA TRIBUTARIA. LIMITACIONES A LA MISMA. JURISPRUDENCIA RELEVANTE E INCERTIDUMBRE QUE PLANTEA
MOTIVACIONES DEL “TRABAJO PRO-BONO”
CASSABA: AUSENCIA DE LEGITIMIDAD DE ORIGEN Y CONTROL DE SUS ÓRGANOS DE GOBIERNO. ELEMENTOS RELEVANTES PARA IMPULSAR LA DEROGACIÓN DE LA LEY 1181.
DECLARACIONES PUBLICAS
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  DECLARACIONES PUBLICAS
Autor: Indice
  EL PODER JUDICIAL Y EL CONFLICTO ENTRE EL GOBIERNO Y EL CAMPO

Ante el cariz que ha tomado el conflicto entre el Gobierno y el sector agropecuario, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires hace un llamado a los Jueces y Fiscales que componen el sistema Federal de Justicia a fin de que tomen conciencia de la grave responsabilidad que les cabe en estos momentos para contribuir decisivamente a la paz social y el fortalecimiento de las instituciones asegurando el acatamiento a la Constitución Nacional y las leyes.

Las últimas noticias dan cuenta de denuncias, detenciones y citaciones a distintos protagonistas de la protesta agropecuaria acusándolos de diversas acciones delictivas entre los cuales se encuentran el entorpecimiento del tráfico en las rutas. Este Colegio, en diversas oportunidades, se ha pronunciado en el sentido que no debe permitirse a ningún sector atentar contra la garantía constitucional de comerciar y desplazarse libremente por la vía pública y reafirma esta postura respecto de la cual no debe haber excepciones por simpatías políticas o corporativas. No obstante es indispensable que los Jueces y Fiscales, al aplicar las disposiciones legales, mantengan su independencia evitando las presiones del Poder Ejecutivo o de los sectores involucrados.

Por otra parte, debe distinguirse claramente las conductas delictivas de otras que son legítimas manifestaciones del derecho de reunión y de peticionar ante las autoridades en forma pública y que no pueden ser objeto de persecuciones judiciales.

A su vez, frente a las diversas acciones judiciales iniciadas por productores en donde reclaman la inconstitucionalidad de las resoluciones en donde se impusieron las retenciones, es importante que los Jueces permitan el debate jurisdiccional de un tema que ya asumió el carácter de gravedad institucional.

Héctor Huici
Secretario
Enrique del Carril
Presidente
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