REFLEXIONES
LA DES(PROTECCIÓN) DEL CRÉDITO
LA INDEPENDENCIA JUDICIAL PROTEGE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
EL “ESTADO DE DERECHO” HA DESAPARECIDO DE VENEZUELA
ALGUNAS NOTAS RESPECTO DEL ARBITRAJE INTERNACIONAL
EL DOMINIO DE LOS HIDROCARBUROS Y LA LEY 26.197
LA EXPORTACIÓN AGROPECUARIA Y LA PROBLEMÁTICA DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA
LOS CONVENIOS CONTRA LA INTERFERENCIA ILICITA EN LA AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LOS CONVENIOS CONTRA LA INTERFERENCIA ILICITA EN LA AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
Autor: Gilbert Guillaume
  protocolo, firmado el 24 de febrero de 1988, sobre ciertos actos de violencia cometidos en el interior de los aeropuertos y que no ponen en peligro la seguridad de las aeronaves en vuelo. Dicho protocolo incluye los actos de violencia ejecutados contra una persona en un aeropuerto que causen o puedan causar lesiones graves o la muerte. Contempla asimismo la destrucción o daños graves a las instalaciones de aeropuertos o aeronaves en tierra, si tales actos ponen en peligro o pueden poner en peligro la seguridad del aeropuerto. Sin embargo, tales conceptos no son de una claridad absoluta, en especial en lo que hace a este último aspecto. En la actualidad, el protocolo cuenta con 160 Estados partes.

Sección 4: Aplicación de los convenios

15. En la mayoría de los casos, los Estados partes en los convenios de La Haya y Montreal debieron modificar su legislación para armonizarla con sus obligaciones internacionales, en particular con respecto a los delitos y las competencias jurisdiccionales.

16. Por otra parte, hoy en día ya contamos con una práctica y jurisprudencia abundante en el ámbito nacional sobre la aplicación de los mencionados instrumentos, sobre todo en lo atinente a la extradición y las competencias jurisdiccionales. Un caso particularmente representativo en derecho francés es el de nacionales estadounidenses que decían pertenecer al movimiento «Panteras Negras» que en 1972 se apoderaron de una aeronave de transporte norteamericana y la desviaron de los Estados Unidos a Argelia y luego se instalaron en Francia. En 1975, Francia se negó a extraditarlos a los Estados Unidos, reconoció a algunos de ellos la calidad de refugiados, pero los juzgó en los tribunales franceses que los condenaron basándose en el Convenio de La Haya y el derecho interno francés (casos Holder y Kerkow).

17. En 1988, el Convenio de Montreal volvió a convertirse en noticia tras la explosión en vuelo de una aeronave de la compañía aérea Panam que sobrevolaba la ciudad de Lockerbie, en Escocia. En 1991 los
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