REFLEXIONES
LA DES(PROTECCIÓN) DEL CRÉDITO
LA INDEPENDENCIA JUDICIAL PROTEGE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
EL “ESTADO DE DERECHO” HA DESAPARECIDO DE VENEZUELA
ALGUNAS NOTAS RESPECTO DEL ARBITRAJE INTERNACIONAL
EL DOMINIO DE LOS HIDROCARBUROS Y LA LEY 26.197
LA EXPORTACIÓN AGROPECUARIA Y LA PROBLEMÁTICA DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA
LOS CONVENIOS CONTRA LA INTERFERENCIA ILICITA EN LA AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  EL DOMINIO DE LOS HIDROCARBUROS Y LA LEY 26.197
Autor: Orlando De Simone
  Sin embargo, hemos teni do oportuni dad de señalar que este reconocimiento no implica sustraer a estos bienes de la jurisdicción exclusiva del Congreso Nacional,9 porque del debate en el seno de la Convención Constituyente de Santa Fe surge claramente que la tesis mayoritaria fue otorgar a las provincias el dominio mas no la jurisdicción sobre dichos recursos. En tales condiciones, la Constitución ha reservado al Congreso Nacional la facultad de reglar las relaciones jurídicas que nacen del uso y del aprovechamiento de los yacimientos de hidrocarburos.

La Ley 26197 tuvo su génesis en el “Acuerdo Federal de los Hidrocarburos 2006”, suscripto el 26 de octubre de 2006 por el Presidente de la Nación y los Gobernadores de las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, La Pampa,Neuquén, Mendoza, Salta, Formosa y Jujuy.

Este acuerdo aprobó el proyecto que luego fue sancionado como Ley 26197 y, al mismo tiempo, creó una Comisión de Trabajo Técnica que tiene la misión de proponer una Base de Datos Integral de los
Hidrocarburos y una Comisión de Trabajo Legislativa que debe elaborar un proyecto de ley que introduzca las modificaciones que resulten necesarias para ordenar y perfeccionar la Ley 17319, teniendo en cuenta (i) la normativa constitucional en vigencia; (ii) los cambios y avances tecnológicos existentes en las actividades de exploración, explotación y transporte de hidrocarburos; (ii) lo dispuesto en la Ley 26197, y (iv) la creación de un organismo federal de coordinación de políticas y necesidades de interés común, compuesto por las provincias y el Poder Ejecutivo Nacional.

9. DE SIMONE, ORLANDO, El dominio originario de los recursos naturales (con específica referencia a los yacimientos de hidrocarburos), La Ley 1997-C-1440, sección doctrina; Los hidrocarburos y el medio ambiente. Los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional, La Ley 1998-C-1288, sección doctrina, y La nueva ley de hidrocarburos. El dominio originario de los recursos naturales. Nulidad del artículo 124 de la Constitución Nacional, La Ley, Suplemento actualidad del 1° de febrero de 2007; en el mismo sentido, CORNEJO COSTAS, CARLOS Y BOSCH, FERNANDO A., El régimen actual de regalías en el Derecho Minero Argentino ¿Cuestión de federalismo o de conveniencia nacional?, El Derecho, 175-873.
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