REFLEXIONES
LA DES(PROTECCIÓN) DEL CRÉDITO
LA INDEPENDENCIA JUDICIAL PROTEGE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
EL “ESTADO DE DERECHO” HA DESAPARECIDO DE VENEZUELA
ALGUNAS NOTAS RESPECTO DEL ARBITRAJE INTERNACIONAL
EL DOMINIO DE LOS HIDROCARBUROS Y LA LEY 26.197
LA EXPORTACIÓN AGROPECUARIA Y LA PROBLEMÁTICA DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA
LOS CONVENIOS CONTRA LA INTERFERENCIA ILICITA EN LA AVIACION CIVIL INTERNACIONAL
DECLARACIONES PUBLICAS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
 


Director de La Revista:
Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

La responsabilidad por las ideas expresadas en los trabajos
que se publican corresponden exclusivamente a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la institución. Dirección Nacional del Derecho del Autor
N° 28.581 ISSN 0325-8955

  Página 43/47     
  LA INDEPENDENCIA JUDICIAL PROTEGE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
Autor: Patricio Petersen
  En Misiones tuvieron la experiencia que los chaqueños quieren prevenir: la doctora Marta Catella, Ministra del Superior Tribunal de Justicia fue primero suspendida y luego removida a raíz de la denuncia formulada por el Intendente de San Vicente, Luis Benitez. En el juicio se le imputó haber incurrido en contradicción por conceder un recurso de nulidad contra una decisión previa del Tribunal, que había contado con su voto. En definitiva, se trató de un desacuerdo de Benítez respecto de conceptos vertidos en una sentencia judicial, cuyo contenido, por supuesto, se oponía a los intereses del oficialismo.

Como dijimos, es grave acostumbrarse a que los jueces puedan ser removidos por el contenido de sus sentencias. La consecuencia es clara: muchos magistrados no serán independientes ni en sus criterios ni en sus decisiones por temor a ser destituidos. Una vez más, ésta en la provincia de Misiones, se afectó la independencia del Poder Judicial, y por lo tanto se atacó al sistema democrático y a la seguridad jurídica del ciudadano.

Hace ya un tiempo, los medios de prensa también alertaron sobre otro caso en San Luis que, de ser cierto, destruiría de cuajo la inamovilidad, base principal de la independencia judicial. Al momento de ser nombrados, se haría firmar a los jueces provinciales su renuncia al cargo con la fecha en blanco. Por supuesto, este acto denota una clara conciencia de que la inamovilidad es efectivamente un mecanismo crucial para garantizar la independencia. Al eliminarla, permitiría a futuro contar con jueces permeables a la influencia del poder político provincial.

En el orden nacional, la sistemática búsqueda de cada presidente de nombrar a la totalidad, o al menos la mayoría, de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha minado también la independencia judicial. Los mecanismos no han sido uniformes, ya que en las últimas dos décadas se ha recurrido tanto al recambio íntegro,en la presidencia de Raúl Alfonsín, como al aumento de sus integrantes de cinco a nueve, en la gestión de Carlos Menem. La presión pública y el juicio político para obtener vacantes por renuncia o destitución fue el caso de Néstor Kirchner. Los juicios políticos tuvieron como fundamento, en este último período, exclusivamente el contenido de las sentencias.
Página 43/47