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                  Nuevo Código Procesal Penal: Advertencia y breve comentario Autor: Hernán Munilla Lacasa                 | 
              
                             
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                  existen  ciertos  puntos  oscuros  que  no  permiten,  de  momento,  conocer,  más  aún,  medir  el verdadero alcance de la reforma y de la finalidad tenida en mira al promoverla y ejecutarla.
 
 Nos  referimos  no sólo al desaconsejable  y sospechoso  apuro  en sancionarla,  y  a  la  ostensible  falta  de  debate  de  sus  disposiciones,  sino  también  a  la  grave incógnita acerca de la independencia del Ministerio Público, principal protagonista del nuevo esquema. Iguales reparos generan las demoradas leyes de implementación, que van en camino de atravesar el mismo vertiginoso raid en las Comisiones y Cámaras del Congreso de la Nación.
 
 A estos aspectos bien inquietantes se suma la inserción de una disposición que, por innecesaria, despierta profundas sospechas: nos referimos a la imposibilidad de corregir sentencias  absolutorias.  En  el  artículo  5  se  lee:  “Nadie  puede  ser  perseguido  penalmente  ni condenado  más  de  una  vez  por  el  mismo  hecho.  No  se  pueden  reabrir  los  procedimientos fenecidos, salvo la revisión de las sentencias a favor del condenado”. El énfasis de la norma transcripta, en cuanto se superpone con el derecho a revisar la sentencia condenatoria firme (art.
 318), que ya existe en el digesto vigente (art. 479), alimenta la presunción de quienes ven en este precepto el propósito inequívoco  de impedir  el reexamen  de las sentencias  que en los últimos años, o en los próximos meses, favorezcan a los funcionarios públicos por hechos de corrupción. No  obstante,   ya  se  han  alzado  voces  calificadas   que  justifican,   con  sobrado   fundamento normativo, también filosófico, la invalidez de la denominada “cosa juzgada írrita o fraudulenta”.
 
 Nos  esperan  días  y  meses  decisivos  para  recomponer  el  deteriorado sistema de enjuiciamiento  penal, el cual no sólo debe ser ágil, sino también transparente.  Para ésta y las próximas generaciones.
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