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APUNTES SOBRE VALORES Y LIBERTAD EN EL DERECHO PENAL
SONDEO DE OPINIÓN: LAS MALAS COSTUMBRES ARGENTINAS
LA RECIENTE DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA EN LOS FALLOS CARTELLONE Y BEAR SERVICES Y LOS LAUDOS DEL CIADI
EL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
EL ACCESO A LA JUSTICIA: DE LOS DEBATES A LA ACCIÓN
RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN
DIEZ EJEMPLOS DE DESACIERTOS E ILEGALIDADES EN LA RESOLUCIÓN (IGJ) 7/2005
CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
LA CLARIDAD EN LOS ESCRITOS JURÍDICOS
EL COLEGIO DEMANDA A CASSABA POR REGLAMENTACIÓN
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Resolución del Directorio
Reiteradas presiones políticas sobre el Poder Judicial
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Senado: Proyecto de ley de concubinato
Acerca de la corrupción en nuestro país
Gastos excesivos en CASSABA
Mas poder al Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  LA CLARIDAD EN LOS ESCRITOS JURÍDICOS
Autor: Martín López Olaciregui
  presentes actuados a esta Procuración del Tesoro de la Nación, en los que se solicita su dictamen sobre... El "Manual de Estilo de la Procuración del Tesoro de la Nación" propone esta otra introducción: "Se consulta a esta Procuración del Tesoro de la Nación acerca de"...(v. pág. 47). La diferencia es notoria y habla por sí sola.

Veamos más ejemplos, algunos de ellos tomados también del referido manual (v. pág. 14): es preferible escribir "aclarar", en vez de "efectuar una aclaración";"avisar", en vez de "dar raviso";"se efugó", en vez de "se dio a la fuga";"esta Procuración opinó que"..., en vez de "esta Procuración tuvo ocasión de opinar que"...; "tramita en el Juzgado"..., en vez de "tramita por ante el Juzgado"...; "posteriormente" o "después", en vez de "con posterioridad"; "antes" o "anteriormente", en vez de "con anterioridad"; "previamente", en vez de "con carácter previo"; "cumplir", en vez de "dar cumplimiento"; "autorizó", en vez de "otorgóóuna autorización"; "opino que"..., en vez de "es mi opinión que"... o "soy de opinión que"...; "advierto que"..., en vez de "no dejo de advertir que"...; "es", en vez de "resulta ser"; etc.

Pero puede suceder que sea imprescindible escribir un párrafo extenso. En ese caso, es preciso usar adecuada y correctamente los signos de puntuación, principalmente el punto y coma y el punto y seguido (v. Manual de estilo de la Procuración del Tesoro de la Nación, pág. 13).

Otro aporte interesantísimo del Manual de estilo de la Procuración del Tesoro de la Nación nen aras de la brevedad es el uso de lo que allí se denominan "enumeraciones" (v. págs. 29, 30 y 36), un recurso que es de gran ayuda para abreviar y simplificar la escritura.

Por ejemplo, cuando en un texto jurídico se reseña lo dicho por otro (un servicio jurídico en un dictamen, una parte en una sentencia, etc.), puede exponerse así: "La parte actora sostuvo que: a)... b)... c)..."

De esta manera se evita alargar el texto con frases como "La parte actora sostuvo que"... "Añadió luego que"... "Por otra parte, adujo que"..., etc.
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