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RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN Autor: Guillermo O. Teijeiro |
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Ambos beneficios pueden sumarse si se trata de proyectos cuya producción esté destinada exclusivamente a la exportación.
El costo fiscal de los beneficios tiene un límite anual presupuestario y los beneficios son asignados a quienes los soliciten dentro de ese límite anual en virtud de la evaluación de los proyectos a cargo del Ministerio de Economía y Producción sobre la base de ciertos factores, cada uno con un porcentual relativo establecido.26
Como todo régimen de beneficios selectivos este nuevo sistema acarrea las desventajas o inconvenientes de su compleja administración y control, y la extremada transparencia en la adjudicación de los beneficios que requiere. La transitoriedad de su vigencia (tres años), sin embargo, permitirá evaluar la eficacia del sistema y la relación costo-beneficio de los ingresos públicos afectados en un corto plazo.
La ley 25.922 creó a su vez un sistema de beneficios para la industria del software, también transitorio (10 años) y sujeto a limites presupuestarios.
Los beneficios tributarios incluyen, para quienes califiquen como beneficiarios y se inscriban en la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, un período de 10 años de estabilidad tributaria, un crédito equivalente al 70% de las cargas previsionales del personal afectado a investigación y desarrollo aplicable contra impuestos nacionales (excluido ganancias), y desgravación de hasta el 60% del impuesto a las ganancias. Se trata de proyectos que demandan mano de obra intensiva calificada y de rápida expansión que a su vez podrán tener financiamiento del Estado a través de FonSoft (Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software).
En materia de beneficios específicos, se está considerando también un nuevo régimen que permitiría desgravar por dos ejercicios fiscales las utilidades reinvertidas en la adquisición de bienes de
26. Ver decreto 1152/04 y resoluciones complementarias. |