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RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN Autor: Guillermo O. Teijeiro |
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pocos casos, un abanico de inconstitucionalidades y violación de principios, derechos y garantías del contribuyente que resulta absolutamente incompatible con la vigencia del Estado de derecho.24 No obstante ello, y frente a los numerosos planteos administrativos y judiciales efectuados por los contribuyentes, aún la cuestión de fondo no ha sido resuelta por nuestro Máximo Tribunal.25
Es de esperar que la Corte Suprema de Justicia restablezca en un próximo pronunciamiento sobre la cuestión el equilibrio de los intereses comprometidos y ratifique, conforme a su reiterada y consistente doctrina anterior en casos similares, la vigencia de principios, derechos y garantías constitucionales esenciales como la legalidad y no confiscatoriedad de las cargas públicas.
9. Nuevos incentivos tributarios selectivos
En 2004 se dictaron dos nuevas leyes tendientes a otorgar beneficios tributarios a la industria en general y a la industria del software en particular.
La ley 25.924 creó un régimen transitorio de incentivos fiscales para la adquisición de bienes de capital destinados a la industria o a proyectos de infraestructura. El régimen estará vigente hasta el 1 de Octubre de 2007. Los incentivos incluyen el recupero prácticamente inmediato del crédito fiscal IVA generado por la adquisición (vía compensación o reembolso) o la amortización acelerada de los activos adquiridos.
23.Ver punto 10.2, infra.
24.Durante 2002 fueron unánimes los pronunciamientos a favor de la reinstauración del ajuste impositivo por inflación, provenientes de los más diversos sectores de la economía, de los foros y agrupaciones profesionales más caracterizados del país, y aun de la propia Comisión ad hoc de Expertos que creara el propio Poder Ejecutivo y que enfáticamente se pronunció a favor de la reinstalación del ajuste por inflación en la determinación de la base imponible del impuesto a las ganancias. Fue tal la reacción que provocó esta cuestión que se presentaron , además, al menos ocho proyectos de ley en el Congreso de la Nación tendientes a resolver la cuestión autorizando la aplicación del ajuste por inflación impositivo.
25.En el leading case Dugan Trocello, sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 30 de Junio de 2005 no se abordó el fondo del asunto, rechazándose el planteo del contribuyente por una cuestión de insuficiencia de prueba en torno a la confiscatoriedad del impuesto. Sobre la cuestión, ver Declaración del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires del 6 de julio de 2005. |