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RÉGIMEN TRIBUTARIO Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIA: PASADO, PRESENTE Y FUTURO DE UNA CONFLICTIVA RELACIÓN Autor: Guillermo O. Teijeiro |
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Con notorias excepciones4, la discusión técnica y jurídica de las iniciativas en materia tributaria es sumamente limitada. Las propuestas en la materia, muchas veces desasidas de una clara y precisa política fiscal general, se originan habitualmente en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Economía o Jefatura de Gabinete), son redactadas por funcionarios de carrera con competencia en el área, y enviadas a la Cámara de Diputados de la Nación, sin una adecuada revisión de los aspectos técnicos y jurídicos de la formulación legal propuesta. Las discusiones en la Comisión de Presupuesto y Hacienda e incluso en el recinto, como luego en la comisión correspondiente y en el recinto del Senado de la Nación, no son esencialmente técnico-jurídicas sino primordialmente sectoriales; se invita a las cámaras o sectores potencialmente afectados a dar su punto de vista y los proyectos se votan, con o sin modificaciones, sin una adecuada revisión de fondo y forma en materia técnico tributaria.
Ahora bien, frente a una formulación oscura o equívoca del texto de la ley, si la historia legislativa (exposiciones de motivos, notas de elevación al Congreso de la Nación, discusiones parlamentarias, etc.) es paupérrima o inexistente, no es posible precisar la interpretación auténtica de la ley, y el proceso de su interpretación y aplicación se dificulta significativamente. En tal contexto, se afectan los principios de certeza y la seguridad jurídica. Incluso la AFIP, forzada por el cumplimiento de su competencia específica, se ve frecuentemente envuelta en contiendas judiciales que podrían haberse evitado y cuyos costos en definitiva recaen sobre todos los contribuyentes.
¿Cómo funciona el proceso de formulación y análisis de las iniciativas tributarias en otros países? Las propuestas legislativas son sometidas a la discusión y análisis de especialistas no “sectorializados” (profesores universitarios, organizaciones no gubernamentales, profesionales del sector privado de reconocida trayectoria), cuyas opiniones son recogidas en audiencias públicas en el parlamento y que, con las opiniones técnicas de las comisiones parlamentarias competentes y funcionarios del organismo recaudador, pasan a engrosar la historia legislativa de la norma.
4. e.g., el tratamiento de los planes anti-evasión I y II donde, por su propia competencia, la AFIP ha tenido una intervención relevante. |