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En pos de la suma del Poder Público Autor: Alberto Bianchi |
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Como justificativo de estas restricciones inconstitucionales, el Poder Ejecutivo mencionó en la apertura de las sesiones del Congreso aludidas al comienzo (ver punto ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.) dos razones igualmente falaces.
En primer lugar sostuvo que el Estado es siempre solvente, de modo tal que puede hacer frente a cualquier condena de daños y perjuicios. En palabras textuales: “Las medidas cautelares de contenido estrictamente patrimonialista contra el Estado son un absurdo, porque nunca puede "insolventarse"; no puede ser declarado en quiebra. Si el juicio es de estricto contenido patrimonialista, no corresponde jamás una medida cautelar contra el Estado, porque el Estado tiene el dinero suficiente para pagar. Es más, habría que exigir inclusive una contracautela”.
Como primer comentario es preciso decir que esto invita al derroche de recursos estatales, propicia una mala administración de los mismos. Pagar daños y perjuicios por acciones que podrían haberse evitado es detraer recursos presupuestarios de objetivos tan necesarios como construir escuelas y hospitales o, en todo caso, implica aumentar innecesariamente la presión tributaria. Cualquiera de estos resultados es nefasto.
En segundo lugar, ha llegado el momento de desterrar el mito del Estado “omnisolvente”. Veinte años de emergencia económica consecutiva, sancionada sucesivamente por las Leyes 23.697 (1989), 25.344 (2000) y 25.561 (2002) y todos sus prórrogas hasta Diciembre de 2013 (Ley 26.729), por ahora, son ejemplos más que suficientes para sostener que el Estado ha quebrado ya varias veces –y sigue quebrado (en emergencia)- y paga en moneda de quiebra (bonos de consolidación).
Ha de tenerse en cuenta, además, que por virtud de los artículos 20 y 21 de la Ley 24.624, las sentencias de condena pecuniaria contra el Estado no son ejecutables. Se pagan cuando el Estado decide –discrecionalmente- incorporarlas al Presupuesto.
El segundo argumento esgrimido por el Poder Ejecutivo tampoco es válido. Alude a la corrupción que generan las medidas cautelares: “Vimos en la cautelar y en los episodios de Gendarmería y Prefectura Naval Argentina un negocio formidable, del cual hay denuncias ya del Ministerio de Seguridad contra los estudios jurídicos, donde hay jueces subrogantes que dictan la cautelar –miles de ellas– y, luego, se declaran incompetentes. Había una en Corrientes, otra en Río Gallegos, etcétera. De hecho, fue un juez subrogante el que nos dictó la medida cautelar contra las antenas de la TDA e inmediatamente después se declaró incompetente. Esta es la fórmula”.
Con todo respeto es preciso decir que eliminar las medidas cautelares porque algunos jueces o algunos estudios jurídicos han abusado de ellas es tan exagerado como prender fuego al quincho para hacer un asado.
Si tales actos de corrupción han sido detectados y sus perpetradores están o pueden ser identificados, la obligación del Estado, por medio del Ministerio Público, es denunciarlos penalmente y promover, en el caso, el juicio político. Esa es la solución institucional correcta, que producirá los escarmientos que corresponden y servirá como |