|
EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO Por Juan Carlos Cassagne
|
|
1. EL NUEVO ESCENARIO
1.1 Sobre el neoconstitucionalismo y el positivismo
El auge que tuvieron los principios generales en algunos países europeos por obra de la jurisprudencia (como la del Consejo de Estado francés)1 y en otros, a raíz de la sanción de los nuevos textos constitucionales (vgr. España, Alemania e Italia), originó distintas corrientes interpretativas que terminaron desplazando la supremacía de la ley como centro del sistema jurídico junto a una serie de dogmas consecuentes que sostenían el cuadro básico del positivismo legalista.
En ese cuadro figuraban desde la limitación del papel del juez a la mera aplicación de la norma, el rechazo de los valores o de la moral como integrantes del derecho, hasta la idea de que la tarea de interpretación consistía más en una operación lógica de subsunción antes que en una ponderación basada en el razonamiento práctico o en la
1. DEBBASCH, Charles, Droit Administratif, ed. Económica, Paris, 2002, p. 115 y ss.; MORAND-DEVILLER, Jacqueline, Droit Administratif, Cours, 10ª ed., Montchrestien, Paris, 2007, p. 273 y ss., expone un nutrido conjunto de principios generales del derecho, que resultan aplicables aún en ausencia de texto normativo, desarrollados por el Consejo de Estado a partir de los casos “Dame Trompier-Gravier (1944) y “Aramú” (1945)”. |