Reflexiones
El Bien Jurídico Protegido en el Delito de Lavado de Dinero
Estado Fallido y Estado enemigo. Notas sobre la persecución institucional a los ciudadanos
Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina
Breve comentario sobre las sociedades de garantías recíprocas (Las SGR)
Seminario Internacional “Profesión Legal & Pro Bono”. Apuntes de dos Coordinadoras
Declaraciones Públicas
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  Breve comentario sobre las sociedades de garantías recíprocas (Las SGR)
Autor: Lisandro Allende
  el socio partícipe, la Sociedad quedará subrogada en los derechos, acciones y privilegios del acreedor cuyo crédito haya satisfecho.
En los casos que el Consejo de Administración de la SGR lo considere oportuno podrá solicitar a los socios, gerentes o administradores de la Socia Partícipe que otorguen un afianzamiento de la contragarantía constituyéndose así en fiadores solidarios.
La ejecutabilidad de la contragarantía está sujeta al incumplimiento del deudor en sus obligaciones.
La garantía recíproca es irrevocable, siendo título ejecutivo por el monto de la obligación principal, sus intereses, gastos, comisiones, impuestos, costas y cuanto más corresponda.94

Régimen Informativo

Las S.G.R, tendrán la obligación de presentar trimestralmente ante la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas un informe de las actividades desarrolladas en cada período.

Certificación Provisoria95

Se deberá presentar ante la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas la totalidad de la documentación que se detalla a continuación:

1. Nota mediante la que se indique nombre, apellido, domicilio y Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento u otro documento que acredite identidad de las personas designadas a tramitar la referida autorización ante la Autoridad de Aplicación del Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca, quienes deberán justificar su legitimación mediante el instrumento o poder correspondiente.

2. Nota de solicitud de autorización para funcionar y datos de identificación de la Sociedad de Garantía Recíproca que pretende constituirse.

3. Contrato de Fideicomiso. En el caso de que se pretendiera constituir el Fondo de Riesgo bajo la modalidad de un fideicomiso.

4. Datos de identificación de cada uno de los Socios Protectores, acompañado de:
4.a.A Constancia de inscripción y/o modificación de datos en la Administración Federal de Ingresos Públicos.
4.a.B Constancia de cumplimiento de sus obligaciones fiscales mediante Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

94 Intergarantías S.G.R c. Innocenti, Claudio. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala A. 14/12/2009
95 De acuerdo a lo establecido en la Disposición 128/2010 dictado por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Anexo, Capítulo I, Artículo 3.
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