Reflexiones
El Bien Jurídico Protegido en el Delito de Lavado de Dinero
Estado Fallido y Estado enemigo. Notas sobre la persecución institucional a los ciudadanos
Notas sobre la regulación de las energías renovables en la argentina
Breve comentario sobre las sociedades de garantías recíprocas (Las SGR)
Seminario Internacional “Profesión Legal & Pro Bono”. Apuntes de dos Coordinadoras
Declaraciones Públicas
 


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N° 28.581 ISSN 0325-8955

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  Breve comentario sobre las sociedades de garantías recíprocas (Las SGR)
Autor: Lisandro Allende
  En las abiertas pueden asociarse todas las PYMES en general, independientemente del tipo de actividad que realicen o la región en donde se ubiquen.
En las cerradas, en cambio, el acceso como socio partícipe está restringido, limitándose por la actividad que realicen o por la ubicación geográfica. Generalmente están constituidas por clientes o proveedores de los socios protectores.

Órganos Sociales

Como cualquier otra sociedad mercantil, las SGR se conforman con tres órganos sociales:
La Asamblea General Ordinaria, integrada por todos los socios de la SGR.
El Consejo de Administración, integrado por tres personas de las cuales al menos una representa a los socios partícipes y otra representa a los socios protectores. El Consejo posee amplias facultades para dar cumplimiento al objeto social. Deberá celebrar reuniones ordinarias por lo menos una vez al mes y extraordinarias en cualquier oportunidad que sus integrantes la convoquen.
El Órgano de Fiscalización o Sindicatura, integrado por tres síndicos titulares y tres suplentes, nombrados por Asamblea Ordinaria, en el cual tendrá representación cada clase.
La Sindicatura estará compuesta por tres Síndicos Titulares e igual número de suplentes,

Funcionamiento

Para obtener la autorización de funcionamiento efectiva deberán presentar ante la Secretaría de Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, el Estatuto Social inscripto en el Registro de Comercio o la Inspección General de Justicia, solicitud de Autorización con los datos de la Sociedad, monto de Capital, suscripción del Fondo de Riesgo, nómina de sus socios protectores con sus datos de identificación, nómina de identificación de sus socios partícipes fundadores, nómina de los integrantes del Consejo de Administración y Síndicos, antecedentes profesionales de quien ejercerá las funciones de Gerente General, Plan de Negocios para los tres primeros años de gestión.
Facultativamente, podrán inscribirse en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina.
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