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Estado Fallido y Estado enemigo. Notas sobre la persecución institucional a los ciudadanos Autor: Carlos A. Manfroni |
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En el caso del “Estado enemigo” no resulta tan claro a los habitantes que ellos quedan liberados del pacto social, porque las estructuras jurídico-administrativas siguen conservando la apariencia de tales, aunque totalmente “vampirizadas” por el mal.
John Diggins, en un artículo sobre “La Desobediencia Civil en el Pensamiento Político Estadounidense”, dice que el rasgo distintivo de esta desobediencia “es el sentimiento de que el individuo está obligado moralmente a desobedecer determinada ley o costumbre, para no traicionar los dictados de su conciencia”.62
Este pensamiento, del cual están empapadas tanto las corrientes liberales como conservadoras del pensamiento protestante americano, no difiere en absoluto de la patrística y la escolástica medievales e, incluso, de la escolástica renacentista, como en el caso de Francisco de Vitoria.
La plataforma filosófica de la desobediencia civil es la misma que la de los derechos humanos, en el sentido de que la ley positiva (en su sentido más amplio, incluyendo las sentencias) no pueden violentar el derecho natural sin dejar de ser verdadera ley.
Está claro que la desobediencia puede tener muchos caminos, como ha quedado demostrado en los sucesivos movimientos por los derechos civiles en los Estados Unidos; y también que no debe acarrear peores consecuencias que la obediencia.
Una consecuencia que parece imponerse lógicamente es la revisión de los actos jurídicos claramente dictados en espíritu de enemistad pública; es decir, derivados del “Estado enemigo” actuando como tal. La ministro de la Corte Carmen Argibay Molina previó esa posibilidad en el caso “Mazzeo”, en su voto en disidencia con los ministros que avasallaron la “cosa juzgada”, cuando ella argumentó que “ni la Corte ni ningún otro tribunal puede eludir los efectos de una decisión judicial firme sin negarse a sí mismo, es decir, sin poner las condiciones para que nuestro propio fallo sea también revocado en el futuro…”. Y no se trata de avasallar nuevamente la “cosa juzgada” en un absurdo juego pendular, sino de lo que la misma juez aceptó como una única excepción: que los fallos no hubieran sido verdaderas sentencias por estar viciada la voluntad.
Como siempre, serán las corrientes sociales y no las especulaciones teóricas las que marcarán el rumbo en el futuro; pero también hay que considerar que tales corrientes,
62 DIGGINS, John P. La Desobediencia Civil en el Pensamiento Político Estadounidense, en el compendio: La creación de los Estados Unidos, publicado por el Servicio Cultural e Informativo de los Estados Unidos, Washington, D.C. |