|
Estado Fallido y Estado enemigo. Notas sobre la persecución institucional a los ciudadanos Autor: Carlos A. Manfroni |
|
anterior, fue investigado como materia propia de juzgamiento penal, mientras que los denominados “superpoderes” fueron considerados materia política, no sujeta a la justicia, por el mismo juez y con pocos días de diferencia.
9. Corte temporal de las causas penales. Esto ocurrió en un famoso caso sobre presuntas escuchas telefónicas ilegales. De tal modo, se investigó únicamente ciertos hechos ocurridos en determinado período y que afectaban a un gobierno local de signo opositor, con prescindencia de muchos otros hechos conectados con aquellos, los cuales podían afectar al gobierno nacional.
10. Corte vertical en la cadena de responsabilidades. Mientras en casos como el anterior y en otros, la investigación llegó no sólo a quienes podían considerarse responsables directos, sino también a los máximos niveles políticos, en una causa de reciente apertura por defraudación con viviendas sociales, por parte de la ONG “Madres de Plaza de Mayo”, que recibe millonarios subsidios del gobierno y constituye un soporte político del Ejecutivo, la investigación se limitó, desde el comienzo, a los niveles intermedios.
11. Tolerancia expresa de una inconstitucional vulnerabilidad de los jueces. En una reciente entrevista,61 la ministro de la Corte Carmen Argibay Molina, quien como hemos dicho, se abstuvo de sumarse a algunas decisiones inconstitucionales de sus colegas, reconoció, sin embargo, que existen muchos “jueces” subrogantes que no tienen acuerdo del Senado y que, por tanto, resultan “mucho más” [sic] influenciables, porque no son verdaderos jueces; carecen de estabilidad. Esos funcionarios, según el mismo reportaje, alcanzan al 30% del plantel de jueces, pero se les mantiene desde hace años en sus cargos y la Corte Suprema no pone fin a esa situación, a pesar del declamado “garantismo”.
12. Diferentes tiempos de investigación. Mientras las causas que se refieren a enemigos políticos del gobierno avanzan a velocidades inusuales, las que involucran a funcionarios públicos actuales se prolongan a lo largo de años.
13. Involucramiento de la justicia en arbitrajes internacionales. El Poder Judicial no ha tenido reparos en inmiscuirse en arbitrajes internacionales pactados, cuando ellos pueden afectar al gobierno, en contra de la naturaleza misma de la 61 Diario La Nación. Suplemento “Enfoques”, Domingo 15 de mayo de 2011. |